Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Desarrollo Cultural. Ayudas. (2022040223)
Decreto 149/2022, de 14 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas al amparo de los Fondos de NextGenerationEU y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia del Reglamento (UE) 2021/241, y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 8
Jueves 12 de enero de 2023



3254

A tal efecto, en la solicitud se consignan apartados con el objeto que el solicitante, si
así lo estima oportuno, exprese su consentimiento a la realización de oficio de alguna
o de varias de dichas consultas; en caso de no hacerlo, deberá entonces aportar junto
con la solicitud, según corresponda, los certificados acreditativos de estar al corriente
en el cumplimiento de las obligaciones con las administraciones citadas, certificado de
situación de actividad económica en la Agencia Tributaria y la documentación acreditativa de la identidad personal y/o fiscal oportuna.

1.6 Copia digitalizada del Proyecto detallando de forma clara y escueta cada una de las
actividades que se presentan, que contenga al menos:


1.6.1 e
 l espacio o espacios donde se realizará el proyecto,



1.6.2 u
 na previsión de su desarrollo y fechas de realización;



1.6.3 la actividad o actividades que lo componen, con una descripción de las mismas,
destacando su capacidad de innovación y transformación, así como el presupuesto detallado de cada una de las que lo integran.



1.6.4 O
 bjetivos que se persiguen, de acuerdo con las finalidades de la convocatoria
explicitadas en el artículo 1 de las presentes bases, destacando su capacidad de
innovación y transformación, así como los indicadores que sirven para medir estos objetivos .



1.6.5 Memoria que explique de qué manera el proyecto presentado contribuirá al logro
de las finalidades previstas, así como cualquier información que permita realizar
la evaluación del proyecto conforme a los criterios establecidos en estas bases.



Esta memoria tendrá un máximo de 25 páginas.

1.7 Presupuesto pormenorizado de ingresos y gastos, según el modelo que figura en el
anexo I.
1.8 Certificado de la Secretaría del ayuntamiento del municipio o municipios donde se va
a realizar la actividad indicando el número de habitantes y la extensión del municipio
en km2 a la fecha de presentación de la solicitud.
1.9 A efectos de su valoración conforme al artículo 13 de las presentes bases, se deberán
presentar los informes que se detallan a continuación (en caso de que no se presenten
el proyecto se puntuará con cero puntos en el criterio correspondiente):