Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Actividades Culturales. Ayudas. (2023060036)
Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas a personas jurídico-privadas sin ánimo de lucro, con fines culturales, para la realización de proyectos de actividades de carácter cultural en municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023.
50 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 7
Miércoles 11 de enero de 2023

2999

3. Serán funciones de la Comisión de Valoración:
a) Informar y valorar las solicitudes de acuerdo con los criterios de valoración.
b) Elevar informe sobre la concesión y denegación de las ayudas y la cuantía de las mismas
en función de los criterios de valoración, a la Secretaría General de Cultura, de acuerdo
con lo dispuesto en los apartados séptimo y octavo (financiación y cuantía de las ayudas) de la presente convocatoria.
c) Solicitar los informes que se estimen necesarios para una mejor resolución.
d) Evaluar el grado de cumplimiento de los proyectos beneficiarios de las ayudas según los
apartados tercero, cuarto, quinto, octavo y decimoséptimo (características culturales,
gastos subvencionables, plazos de ejecución, cuantía del proyecto y justificación) de la
presente convocatoria de convocatoria.
4. L
 a Comisión de Valoración se regirá, en cuento a su constitución y funcionamiento, por lo
dispuesto para los órganos colegiados en la Subsección 1ª de la Sección 3ª del Capítulo II
del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público y al Título V, Capítulo II, Sección 2ª de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
5. Los miembros de la Comisión estarán sujetos a las causas de abstención y recusación previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
6. T
 ras la valoración de las solicitudes presentadas, la Comisión de Valoración elaborará un
informe al que se adjuntará la relación ordenada de las entidades que cumplan los requisitos para la concesión de la ayuda, con indicación del importe a conceder; aquellas que
cumpliendo con los requisitos, no alcanzan la puntuación necesaria para ser beneficiarias,
así como aquellas otras que no cumplen los citados requisitos, con indicación de los motivos de denegación.
Decimocuarto. Propuesta, Resolución y Notificación.
1. A
 la vista del informe de la Comisión de Valoración, la Secretaria General de Cultura formulará la correspondiente propuesta de resolución al Secretario General de la Consejería
de Cultura, Turismo y Deportes que dictará la resolución expresa y motivada desde la elevación de aquélla. La propuesta del órgano instructor no podrá separarse del informe de la
Comisión de Valoración.
La resolución será notificada individualmente a los beneficiarios y publicada en el Diario
Oficial de Extremadura, y en ella se hará constar los beneficiarios y la cuantía concedida,
así como los proyectos desestimados y los motivos de desestimación.