Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Actividades Culturales. Ayudas. (2023060036)
Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas a personas jurídico-privadas sin ánimo de lucro, con fines culturales, para la realización de proyectos de actividades de carácter cultural en municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023.
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NÚMERO 7
Miércoles 11 de enero de 2023
— De 51 a 250 socios: 4,5 puntos.
— Más de 250 socios: 6 puntos.
2994
b) Experiencia de la entidad en la realización de proyectos culturales en Extremadura,
de similar contenido programático realizados durante los últimos cuatro años (2019 a
2022). Dicho extremo se acreditará mediante declaración del Anexo I: hasta 6 puntos.
Se valorará 1,50 puntos por cada proyecto igual o similar.
De tratarse de sucesivas ediciones del mismo proyecto, se valorará con 1,50 puntos,
independientemente del número de ediciones.
c) Implantación territorial. Se dará preferencia al mayor ámbito de actuación de la Entidad
solicitante. Dicho extremo se acreditará mediante declaración del Anexo I y será concordante con lo establecido en los estatutos de la Entidad:
— Local: 0 puntos.
— Comarcal: 1,50 puntos.
— Provincial: 3 puntos.
— Regional: 4,50 puntos.
— Nacional o superior: 6,50 puntos.
2. Valoración y ponderación de los proyectos presentados: hasta 81,5 puntos:
a) Estudios previos:
— El proyecto no presenta estudios previos: 0 puntos.
— El proyecto presenta estudios previos: 1,5 puntos.
b) Finalidad y objetivos:
— En el proyecto no se describe de forma detallada la finalidad y objetivos perseguidos:
0 puntos.
— En el proyecto se describe de forma detallada la finalidad y objetivos perseguidos:
1,5 puntos.
Miércoles 11 de enero de 2023
— De 51 a 250 socios: 4,5 puntos.
— Más de 250 socios: 6 puntos.
2994
b) Experiencia de la entidad en la realización de proyectos culturales en Extremadura,
de similar contenido programático realizados durante los últimos cuatro años (2019 a
2022). Dicho extremo se acreditará mediante declaración del Anexo I: hasta 6 puntos.
Se valorará 1,50 puntos por cada proyecto igual o similar.
De tratarse de sucesivas ediciones del mismo proyecto, se valorará con 1,50 puntos,
independientemente del número de ediciones.
c) Implantación territorial. Se dará preferencia al mayor ámbito de actuación de la Entidad
solicitante. Dicho extremo se acreditará mediante declaración del Anexo I y será concordante con lo establecido en los estatutos de la Entidad:
— Local: 0 puntos.
— Comarcal: 1,50 puntos.
— Provincial: 3 puntos.
— Regional: 4,50 puntos.
— Nacional o superior: 6,50 puntos.
2. Valoración y ponderación de los proyectos presentados: hasta 81,5 puntos:
a) Estudios previos:
— El proyecto no presenta estudios previos: 0 puntos.
— El proyecto presenta estudios previos: 1,5 puntos.
b) Finalidad y objetivos:
— En el proyecto no se describe de forma detallada la finalidad y objetivos perseguidos:
0 puntos.
— En el proyecto se describe de forma detallada la finalidad y objetivos perseguidos:
1,5 puntos.