Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Espacios Escénicos. Ayudas. (2023060039)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas destinadas al funcionamiento de espacios escénicos de gestión privada para el año 2023.
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NÚMERO 7
Miércoles 11 de enero de 2023

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4. E
 n el modelo de solicitud se incluye una declaración responsable del solicitante de no estar
incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el
artículo 12, apartados 2 y 3 de Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como de las ayudas solicitadas o concedidas para el
mismo proyecto y cuantía que se solicita, o de no haberlas solicitado.
5. L
 a presentación de la solicitud conlleva la autorización para la consulta de oficio de los
datos y documentos elaborados por cualquier Administración Pública, salvo que se formule
oposición expresa por parte de la persona interesada. No obstante, en el caso de datos
relativos a la Hacienda Estatal, su consulta solo cabrá si media autorización expresa.
6. E
 l órgano gestor recabará de oficio los certificados o información que corresponda emitir a
la consejería competente en materia de Hacienda y a la Tesorería General de la Seguridad
Social respecto al cumplimiento de sus obligaciones con dichas administraciones, así como
los datos de identidad personal del solicitante, todo ello salvo que el solicitante se oponga
a ello. A tal efecto, en la solicitud se consignan apartados con el objeto que el solicitante,
si así lo estima oportuno, se oponga a la realización de oficio de alguna o de varias de
dichas consultas; en el caso de oponerse, deberá entonces aportar junto con la solicitud,
según corresponda, los certificados acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento
de las obligaciones con las administraciones citadas, la fotocopia del Documento Nacional
de Identidad o de la tarjeta de identidad de la persona solicitante.
Tratándose de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, el solicitante deberá autorizar expresamente al órgano gestor a recabar el certificado o la información acreditativa
de estar al corriente de las obligaciones tributarias ante la misma y de su situación respecto al Impuesto de Actividades Económicas. A tal efecto, en la solicitud se consigna un
apartado con el objeto de que el solicitante, si así lo estima oportuno, autorice la consulta
del dato de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de conformidad con el artículo 95.1.k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria,
y de su situación respecto al Impuesto de Actividades Económicas.
7. E
 n el documento de solicitud, se incluye un apartado en el que, en su caso, las entidades
podrán declarar haber aportado con anterioridad y para la misma línea de subvenciones
las escrituras de constitución y estatutos vigentes y el documento acreditativo del poder
en vigor del representante legal de la misma, información que, en este caso, se recabará
de oficio por el órgano gestor. De la misma forma se incluye un apartado en el que se hace
constar que estos extremos no han sufrido variación alguna.
En el caso de que la documentación en cuestión hubiera variado, o no se hubieran aportado
con anterioridad, el solicitante deberá aportarla actualizada.