Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060026)
Resolución de 28 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "FV Cáceres II", a realizar en el término municipal de Cáceres (Cáceres). Expte.: IA20/1634.
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NÚMERO 7
Miércoles 11 de enero de 2023



3109

• No se menciona el cumplimiento del Real Decreto 1066/2001, de 28 de septiembre,
por el que se aprueba el Reglamento que establece condiciones de protección del
dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas
de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas.

— Con fecha 14 de julio de 2022 la Dirección General de Carreteras informa en sentido
favorable la actuación sometida a información pública, al efecto de que sean tenidos en
cuenta los siguientes aspectos para la tramitación de los correspondientes expedientes
administrativos, en virtud de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 37/2015, de Carreteras, con las determinaciones y efectos que en ella se establecen:


• El sentido del presente informe sólo se mantendrá mientras permanezcan inalteradas
las circunstancias en las que ha sido emitido, siempre que no se hayan producido
modificaciones sustanciales en las previsiones del Documento inicial presentado por
el interesado, así como tampoco se hayan registrado cambios legales o normativos
en las disposiciones de aplicación (independientemente del rango de las mismas), ni
cambios por la realización posterior -por parte de esta Dirección General de Carreteras- de estudios o proyectos de actuaciones cuya viabilidad pueda verse comprometida o menoscabada por la iniciativa objeto del presente informe.



• La instalación fotovoltaica “FV Cáceres II” no afecta en su ubicación a carreteras que
pertenezcan a la Red de titularidad del Estado, aunque se encuentra próxima a la
alternativa de trazado “Eje Cáceres Norte 2” seleccionada en el Estudio Informativo
EI-1-CC-10 para la construcción de la futura “Autovía Trujillo- Cáceres” en el tramo
correspondiente a la circunvalación de Cáceres por el Norte. Con respecto a dicha alternativa de trazado, la planta se encontraría ubicada fuera de las zonas de protección
de la futura carretera.



• Dada la proximidad a la referida futura vía de titularidad estatal y, para evitar un potencial menoscabo de la seguridad viaria, la instalación fotovoltaica no podrá producir
deslumbramientos o molestias a los usuarios de esta, lo cual deberá quedar debidamente justificado mediante el correspondiente estudio específico a presentar por el
promotor de la instalación ante esta Administración de Carreteras en el momento de
su solicitud de autorización.

Dicho estudio de deslumbramiento deberá contemplar todas las posibles configuraciones
de funcionamiento de las placas de la planta, tanto en régimen de construcción como de
explotación y mantenimiento, incluyendo la posición de descanso o defensa, con el fin
de evaluar las posibles afecciones desfavorables -por presunto deslumbramiento solarque pudieran provocar sobre el tráfico usuario de la carretera y, en su caso, proyectar