Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Desarrollo Cultural. Ayudas. (2023060038)
Resolución de 18 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, de convocatoria para la incorporación de empresas al Programa de colaboración con los municipios y entidades locales menores de menos de dos mil habitantes de la Comunidad Autónoma de Extremadura mediante la utilización de los escenarios móviles de la Junta de Extremadura (Programa I), y la concesión de ayudas a la programación de los escenarios móviles para el año 2023.
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NÚMERO 7
Miércoles 11 de enero de 2023
2829
c. Estar al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social, Hacienda Estatal y Ha
cienda Autonómica.
d. T
ener al menos a uno de sus miembros dados de alta en alguno de los regímenes de la
Seguridad Social, a fecha de presentación de la solicitud.
e. En el caso de que sean empresas distribuidoras o un management los que presenten la
solicitud de participación en el Programa I, los requisitos anteriores deberán cumplirse
tanto por parte de dichas empresas o management, como por parte de la compañía o
grupo al que representan, por lo que además, deberán presentar la documentación co
rrespondiente para cada una de ellas.
f. O
fertar espectáculos técnicamente viables en los escenarios móviles.
g. Que los espectáculos ofertados se encuentren ya estrenados y hayan sido representa
dos en un mínimo de 10 ocasiones, debiendo justificarse mediante contratos, facturas o
certificados de actuación emitidos por Entidades Públicas o Privadas organizadoras del
evento.
h. Las modalidades y cachés máximos a presentar para cada espectáculo no podrán supe
rar las siguientes cuantías (IVA incluido):
1º. Espectáculos Teatrales y de animación de calle: 3.388,00 €.
2º. Espectáculos Musicales con el siguiente desglose:
— Folk: 4.114,00 €.
— Flamenco, pop rock, fusión, blues y versiones: 3.509,00 €.
— Copla y cantautor: 2.420,00 €.
2. Cada empresa podrá solicitar su participación e incorporación a la programación con un
máximo de dos espectáculos, debiendo realizarse una solicitud por cada espectáculo, con
un máximo de dos solicitudes.
Cuarto. Solicitudes de las empresas de participación e incorporación a la programación y plazo de solicitud.
1. La participación en la oferta de programación se concederá previa solicitud de las empre
sas de actividades escénicas y musicales que se formalizará a través del modelo oficial del
Anexo I de esta resolución, y se dirigirán a la Secretaría General de Cultura.
Miércoles 11 de enero de 2023
2829
c. Estar al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social, Hacienda Estatal y Ha
cienda Autonómica.
d. T
ener al menos a uno de sus miembros dados de alta en alguno de los regímenes de la
Seguridad Social, a fecha de presentación de la solicitud.
e. En el caso de que sean empresas distribuidoras o un management los que presenten la
solicitud de participación en el Programa I, los requisitos anteriores deberán cumplirse
tanto por parte de dichas empresas o management, como por parte de la compañía o
grupo al que representan, por lo que además, deberán presentar la documentación co
rrespondiente para cada una de ellas.
f. O
fertar espectáculos técnicamente viables en los escenarios móviles.
g. Que los espectáculos ofertados se encuentren ya estrenados y hayan sido representa
dos en un mínimo de 10 ocasiones, debiendo justificarse mediante contratos, facturas o
certificados de actuación emitidos por Entidades Públicas o Privadas organizadoras del
evento.
h. Las modalidades y cachés máximos a presentar para cada espectáculo no podrán supe
rar las siguientes cuantías (IVA incluido):
1º. Espectáculos Teatrales y de animación de calle: 3.388,00 €.
2º. Espectáculos Musicales con el siguiente desglose:
— Folk: 4.114,00 €.
— Flamenco, pop rock, fusión, blues y versiones: 3.509,00 €.
— Copla y cantautor: 2.420,00 €.
2. Cada empresa podrá solicitar su participación e incorporación a la programación con un
máximo de dos espectáculos, debiendo realizarse una solicitud por cada espectáculo, con
un máximo de dos solicitudes.
Cuarto. Solicitudes de las empresas de participación e incorporación a la programación y plazo de solicitud.
1. La participación en la oferta de programación se concederá previa solicitud de las empre
sas de actividades escénicas y musicales que se formalizará a través del modelo oficial del
Anexo I de esta resolución, y se dirigirán a la Secretaría General de Cultura.