Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022064051)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura y la Fundación Jóvenes y Deporte, por el que se articula una transferencia específica con destino a esa Fundación para la financiación del Programa "El Ejercicio Te Cuida" durante el ejercicio 2022.
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NÚMERO 7
Miércoles 11 de enero de 2023
2721
c) Someterse a las actuaciones de comprobación que pueda efectuar la Dirección General
de Deportes o los órganos de control competentes, aportando cuanta información sea
requerida.
d) Conservar durante un plazo de cuatro años a contar desde la finalización de la vigencia
de este convenio, los originales de las facturas y documentos justificativos del empleo
de la cantidad transferida a la finalidad prevista. Esa documentación estará a disposición de la Secretaría General de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la
Junta de Extremadura, de la Dirección General de Deportes, de la Intervención General
de la Junta de Extremadura y de cuantos órganos fiscalizadores y de control, nacionales
o comunitarios, pudieran requerirla.
e) Proceder a la devolución o compensación de las cantidades no justificadas.
f) Comunicar a la Dirección General de Deportes la alteración de las condiciones tenidas
en cuenta para la suscripción del presente convenio (si éstas se produjeran dentro de
la vigencia del mismo), no pudiendo el beneficiario variar el contenido del programa sin
que se suscriba la correspondiente adenda modificativa del mismo.
Séptima. Vigencia.
El presente Convenio entrará en vigor al día siguiente de su firma. Sin embargo, sus efectos
se retrotraen al 1 de enero de 2022 y finalizan el 31 de diciembre del mismo año, o hasta
que los dinamizadores deportivos se hagan cargo del mismo en las localidades de menos de
20.000 habitantes de la Comunidad Autónoma, si lo hacen antes del 31 de diciembre. Todo
ello, sin perjuicio de lo establecido para la justificación documental recogida en la estipulación
quinta del presente convenio.
Octava. Comisión de seguimiento.
Se establece una Comisión de Seguimiento, Interpretación y Evaluación que tendrá atribuidas
competencias en orden al control de las actividades que deben desarrollarse para la ejecución
del presente Convenio, facilitar su interpretación e impulsar el cumplimiento del objeto del
mismo.
La Comisión de Seguimiento y Evaluación estará integrada por dos representantes de cada
una de las partes firmantes. Por parte de la Administración, los dos miembros de la Comisión
serán designados por la Consejera de Cultura, Turismo y Deportes; por parte de Fundación
Jóvenes y Deportes, los dos representantes serán nombrados por la Dirección Gerencia de la
misma.
Miércoles 11 de enero de 2023
2721
c) Someterse a las actuaciones de comprobación que pueda efectuar la Dirección General
de Deportes o los órganos de control competentes, aportando cuanta información sea
requerida.
d) Conservar durante un plazo de cuatro años a contar desde la finalización de la vigencia
de este convenio, los originales de las facturas y documentos justificativos del empleo
de la cantidad transferida a la finalidad prevista. Esa documentación estará a disposición de la Secretaría General de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la
Junta de Extremadura, de la Dirección General de Deportes, de la Intervención General
de la Junta de Extremadura y de cuantos órganos fiscalizadores y de control, nacionales
o comunitarios, pudieran requerirla.
e) Proceder a la devolución o compensación de las cantidades no justificadas.
f) Comunicar a la Dirección General de Deportes la alteración de las condiciones tenidas
en cuenta para la suscripción del presente convenio (si éstas se produjeran dentro de
la vigencia del mismo), no pudiendo el beneficiario variar el contenido del programa sin
que se suscriba la correspondiente adenda modificativa del mismo.
Séptima. Vigencia.
El presente Convenio entrará en vigor al día siguiente de su firma. Sin embargo, sus efectos
se retrotraen al 1 de enero de 2022 y finalizan el 31 de diciembre del mismo año, o hasta
que los dinamizadores deportivos se hagan cargo del mismo en las localidades de menos de
20.000 habitantes de la Comunidad Autónoma, si lo hacen antes del 31 de diciembre. Todo
ello, sin perjuicio de lo establecido para la justificación documental recogida en la estipulación
quinta del presente convenio.
Octava. Comisión de seguimiento.
Se establece una Comisión de Seguimiento, Interpretación y Evaluación que tendrá atribuidas
competencias en orden al control de las actividades que deben desarrollarse para la ejecución
del presente Convenio, facilitar su interpretación e impulsar el cumplimiento del objeto del
mismo.
La Comisión de Seguimiento y Evaluación estará integrada por dos representantes de cada
una de las partes firmantes. Por parte de la Administración, los dos miembros de la Comisión
serán designados por la Consejera de Cultura, Turismo y Deportes; por parte de Fundación
Jóvenes y Deportes, los dos representantes serán nombrados por la Dirección Gerencia de la
misma.