Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060015)
Resolución de 26 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "FV Cáceres I", a realizar en el término municipal de Cáceres (Cáceres). Expte.: IA20/1633.
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NÚMERO 6
Martes 10 de enero de 2023
2605
compatibilización de su conservación con las actividades educativas y recreativas,
permitiéndose con ello un moderado desarrollo de servicios con finalidades de uso
publico o de mejora de la calidad de vida de los habitantes. Específicamente en el
apartado 1.2.8 se establece lo siguiente:
“La instalación de parques eólicos se considera un uso incompatible en las Zonas de
Uso Restringido y Zonas de Uso Limitado. La instalación de minicentrales eléctricas
se considera un uso incompatible en las Zonas de Uso Restringido. La instalación de
plantas solares con fines de producción (venta de energía eléctrica) se considera un
uso incompatible en las Zonas de Uso Restringido y Zonas de Uso Limitado y serán
autorizables en las Zonas de Uso General Compatible”, y la actividad planteada se
consideró autorizable y que podría someterse a evaluación de impacto ambiental ordinaria, además el ciclo anual de avifauna refuerza la zonificación del PRUG, garantizando que desde que se aprobó el PRUG hasta la actualidad no ha habido presencia
de especies que hicieran modificar la zonificación del PRUG.
Es decir, ADENEX utiliza de forma poco adecuada su argumentación basada en el
PRUG, que permite la compatibilidad de los proyectos en las implantaciones consideradas.
— Con fecha 3 de agosto de 2022, la Sociedad Española de Ornitología (SEO/BirdLife), en
virtud de su condición de interesada en el procedimiento de autorización del proyecto
“FV Cáceres I”, solicita que se emita una DIA negativa sobre el proyecto por suponer
una afección crítica a la especie cernícalo primilla (Falco naumanni), catalogada como
Sensible a la Alteración de su Hábitat en Extremadura y a los objetivos de conservación
de los espacios de Red Natura ZEPA ES0000071 “Llanos de Cáceres y Sierra de Fuentes”
y ZEPA ES0000422 “Colonias de cernícalo primilla de la ciudad monumental de Cáceres”, en base a las siguientes alegaciones, que sean incorporadas al procedimiento de
evaluación ambiental y tenidas en cuenta a la hora de dictar resolución:
1. El proyecto por sí mismo y en combinación con otros proyectos anexos, afecta a zonas de importancia para la conservación del cernícalo primilla (Falco naumanni) en
Extremadura.
Respuesta del promotor:
Se ha elaborado un estudio de caracterización de un ciclo anual de aves esteparias
y no se han obtenido indicios de tales afecciones sobre las poblaciones de cernícalo
primilla en el entorno del proyecto.
Además, existen numerosas evidencias y estudios de que esta especie convive perfectamente con las instalaciones fotovoltaicas, encontrando en ellas un hábitat optimo como zona de alimentación y descanso.
Martes 10 de enero de 2023
2605
compatibilización de su conservación con las actividades educativas y recreativas,
permitiéndose con ello un moderado desarrollo de servicios con finalidades de uso
publico o de mejora de la calidad de vida de los habitantes. Específicamente en el
apartado 1.2.8 se establece lo siguiente:
“La instalación de parques eólicos se considera un uso incompatible en las Zonas de
Uso Restringido y Zonas de Uso Limitado. La instalación de minicentrales eléctricas
se considera un uso incompatible en las Zonas de Uso Restringido. La instalación de
plantas solares con fines de producción (venta de energía eléctrica) se considera un
uso incompatible en las Zonas de Uso Restringido y Zonas de Uso Limitado y serán
autorizables en las Zonas de Uso General Compatible”, y la actividad planteada se
consideró autorizable y que podría someterse a evaluación de impacto ambiental ordinaria, además el ciclo anual de avifauna refuerza la zonificación del PRUG, garantizando que desde que se aprobó el PRUG hasta la actualidad no ha habido presencia
de especies que hicieran modificar la zonificación del PRUG.
Es decir, ADENEX utiliza de forma poco adecuada su argumentación basada en el
PRUG, que permite la compatibilidad de los proyectos en las implantaciones consideradas.
— Con fecha 3 de agosto de 2022, la Sociedad Española de Ornitología (SEO/BirdLife), en
virtud de su condición de interesada en el procedimiento de autorización del proyecto
“FV Cáceres I”, solicita que se emita una DIA negativa sobre el proyecto por suponer
una afección crítica a la especie cernícalo primilla (Falco naumanni), catalogada como
Sensible a la Alteración de su Hábitat en Extremadura y a los objetivos de conservación
de los espacios de Red Natura ZEPA ES0000071 “Llanos de Cáceres y Sierra de Fuentes”
y ZEPA ES0000422 “Colonias de cernícalo primilla de la ciudad monumental de Cáceres”, en base a las siguientes alegaciones, que sean incorporadas al procedimiento de
evaluación ambiental y tenidas en cuenta a la hora de dictar resolución:
1. El proyecto por sí mismo y en combinación con otros proyectos anexos, afecta a zonas de importancia para la conservación del cernícalo primilla (Falco naumanni) en
Extremadura.
Respuesta del promotor:
Se ha elaborado un estudio de caracterización de un ciclo anual de aves esteparias
y no se han obtenido indicios de tales afecciones sobre las poblaciones de cernícalo
primilla en el entorno del proyecto.
Además, existen numerosas evidencias y estudios de que esta especie convive perfectamente con las instalaciones fotovoltaicas, encontrando en ellas un hábitat optimo como zona de alimentación y descanso.