Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023060025)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de trabajo de la empresa "Comunidad de Regantes de Talavera la Real".
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NÚMERO 6
Martes 10 de enero de 2023

2491

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA COMUNIDAD DE
REGANTES DE TALAVERA LA REAL
Articulo 1º. Territorial.
El Presente Convenio de Trabajo y las normas contenidas en él, serán de aplicación para la
Comunidad de Regantes de Talavera la Real:
Artículo 2º. Ámbito funcional.
El presente Convenio establece las normas básicas y regula las condiciones mínimas de trabajo de
estas empresas de Captación, Elevación, Tratamiento, Depuración y Distribución de Agua en todos sus apartados, así como el mantenimiento tanto dentro como fuera de la campaña de riegos.
Artículo 3º. Ámbito personal y denuncia.
Se regirán por el presente Convenio Colectivo los/as trabajadores/as que realicen funciones a
las que se refiere el artículo 2º.
El Convenio entrará en vigor en la fecha de publicación en el DOE, siendo su duración hasta el
31 de diciembre de 2025. El Convenio podrá ser denunciado por cualquiera de las partes dentro
de los dos meses antes de su finalización, dando cuenta a la dirección General de Trabajo.
Los años posteriores a 2025 se entenderán prorrogados aplicando las mismas condiciones que
los anteriores siempre y cuando ninguna de las partes denuncie el Convenio Colectivo.
Artículo 4º. Jornada laboral.
La jornada laboral queda establecida en cuarenta horas semanales prestadas de lunes a domingo durante el periodo de Campaña de Riegos y de lunes a viernes fuera de éste. La jornada para los trabajadores de oficina será de lunes a viernes. No obstante, la empresa aquí
afectada, podrá negociar con los representantes legales, el régimen de la jornada.
Artículo 5º. Salarios.
Regularización de todos los conceptos económicos con efecto desde el 1 de enero de 2020
mediante la aplicación del IPC correspondiente en todos los conceptos económicos.
Los salarios para el año 2022 serán los que figuran en las tablas salariales que se encuentran
anexas al Convenio.
El salario de los trabajadores que lo tuvieran acordado con la Comunidad mejorando lo que
en la misma se recoge, para 2022 será el resultante de aplicar los incrementos recogidos en
este convenio sobre lo ya acordado.