Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060024)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan de Ordenación con Incidencia Territorial y Ejecución de la Gran Instalación de Ocio Elysium, en el término municipal de Castillblanco.
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NÚMERO 5
Lunes 9 de enero de 2023
2109
— La Dirección General de Industria, Energía y Minas ha emitido informe con fecha 8 de
abril de 2022 indicando lo siguiente:
En relación con las competencias relativas a la generación de energía, una vez analizada la documentación aportada, esta Dirección General no tiene bienes y derechos a su
cargo ni ha tramitado ningún expediente de generación de energía dentro de la zona de
afección de las tres alternativas de ubicación planteadas para el proyecto de referencia.
En cuanto a la ordenación minera y consultado el catastro minero de Extremadura,
registro del dominio público minero de Extremadura, se indica que las áreas donde
se proyectan las 3 alternativas contempladas en el documento inicial estudiado, no se
encuentran interceptadas por derechos mineros regulados por la vigente Ley de Minas
que se pudieran ver afectados por la ejecución del proyecto. No obstante, se realizan
las siguientes consideraciones:
La posibilidad de realizar un estudio de las zonas canterables que futuriblemente deberían suministrar los áridos que en gran demanda van a suministrar las obras públicas
y civiles que se ejecutarían al amparo de este proyecto. Todo ello al objeto de que por
parte de esta Administración no se dilataran las tramitaciones ambientales.
El gran desmonte planteado en la fase de urbanización, así como para proporcionar
accesos a todas las instalaciones, van a necesitar de apoyo de técnica de voladura,
por ello sería interesante prever las áreas de voladuras, con la previsión que se pueda,
determinar las afecciones a nivel ambiental, así como coordinar con la Delegación del
Gobierno, las condiciones de ejecución generales a nivel de Seguridad Ciudadana. Todo
ello al objeto de que, por esta Dirección General, que preceptivamente tiene que aprobar los proyectos de voladuras, se pueda agilizar la tramitación.
En cuanto a la ordenación industrial, en relación con las instalaciones eléctricas, la Dirección General, no dispone en la actualidad de un sistema de información geográfica
que permita consultar los planos correspondientes a las redes de distribución y transporte. En su caso, dicha información puede obrar en poder de la Comisión Nacional de
los Mercados y la Competencia. La información de las redes de distribución de las empresas eléctricas y, en concreto, la correspondiente a la información gráfica en soporte
papel (planos) forman parte, por separado de cada uno de los expedientes de autorización administrativa y autorización de explotación de dichas instalaciones, que, por su
gran número y extensión en el tiempo, hace inviable su localización. Con respecto a las
instalaciones de gas canalizado, la Dirección General no dispone en la actualidad de un
sistema de información geográfica que permita consultar los planos correspondientes a
las instalaciones de gas canalizado. Por todo ello emite informe favorable.
Lunes 9 de enero de 2023
2109
— La Dirección General de Industria, Energía y Minas ha emitido informe con fecha 8 de
abril de 2022 indicando lo siguiente:
En relación con las competencias relativas a la generación de energía, una vez analizada la documentación aportada, esta Dirección General no tiene bienes y derechos a su
cargo ni ha tramitado ningún expediente de generación de energía dentro de la zona de
afección de las tres alternativas de ubicación planteadas para el proyecto de referencia.
En cuanto a la ordenación minera y consultado el catastro minero de Extremadura,
registro del dominio público minero de Extremadura, se indica que las áreas donde
se proyectan las 3 alternativas contempladas en el documento inicial estudiado, no se
encuentran interceptadas por derechos mineros regulados por la vigente Ley de Minas
que se pudieran ver afectados por la ejecución del proyecto. No obstante, se realizan
las siguientes consideraciones:
La posibilidad de realizar un estudio de las zonas canterables que futuriblemente deberían suministrar los áridos que en gran demanda van a suministrar las obras públicas
y civiles que se ejecutarían al amparo de este proyecto. Todo ello al objeto de que por
parte de esta Administración no se dilataran las tramitaciones ambientales.
El gran desmonte planteado en la fase de urbanización, así como para proporcionar
accesos a todas las instalaciones, van a necesitar de apoyo de técnica de voladura,
por ello sería interesante prever las áreas de voladuras, con la previsión que se pueda,
determinar las afecciones a nivel ambiental, así como coordinar con la Delegación del
Gobierno, las condiciones de ejecución generales a nivel de Seguridad Ciudadana. Todo
ello al objeto de que, por esta Dirección General, que preceptivamente tiene que aprobar los proyectos de voladuras, se pueda agilizar la tramitación.
En cuanto a la ordenación industrial, en relación con las instalaciones eléctricas, la Dirección General, no dispone en la actualidad de un sistema de información geográfica
que permita consultar los planos correspondientes a las redes de distribución y transporte. En su caso, dicha información puede obrar en poder de la Comisión Nacional de
los Mercados y la Competencia. La información de las redes de distribución de las empresas eléctricas y, en concreto, la correspondiente a la información gráfica en soporte
papel (planos) forman parte, por separado de cada uno de los expedientes de autorización administrativa y autorización de explotación de dichas instalaciones, que, por su
gran número y extensión en el tiempo, hace inviable su localización. Con respecto a las
instalaciones de gas canalizado, la Dirección General no dispone en la actualidad de un
sistema de información geográfica que permita consultar los planos correspondientes a
las instalaciones de gas canalizado. Por todo ello emite informe favorable.