Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060024)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan de Ordenación con Incidencia Territorial y Ejecución de la Gran Instalación de Ocio Elysium, en el término municipal de Castillblanco.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 5
Lunes 9 de enero de 2023
2099
— La Sección de Pesca, Acuicultura y Coordinación, indica que uno de los aspectos más
relevantes en la gestión piscícola en los grandes embalses extremeños se centra en
controlar y evitar la propagación de las especies piscícolas invasoras. Es responsabilidad
de los titulares de las concesiones de aprovechamiento de aguas poner los medios necesarios para impedir la dispersión de peces desde las instalaciones hidráulicas, captación,
conducciones y vertidos. Para tal fin, se plantean necesarias soluciones análogas a las
indicadas a continuación:
• Para prevenir el trasvase involuntario de peces, se diseñará y colocará un dispositivo
o filtro en la toma de agua del embalse García Sola (con una luz de malla inferior a
1,5 cm), evitando así la entrada de juveniles y adultos de barbo a la impulsión. En el
caudal de salida que llena los depósitos se deberá garantizar que no llegan piscícolas
invasoras con filtros menores a 2 mm de luz de malla. El mantenimiento y limpieza de
estos mecanismos corresponde a su titular, así como el manejo y gestión de la pesca
ante su paso accidental, previa consulta y autorización por el Servicio competente en
Pesca y Acuicultura.
• Los nuevos estanques/charcas contemplados como medida compensatoria directa
deberán estar provistos de soluciones para su vaciado: sifones (válidos hasta seis metros de desnivel), bombeos y/o desagües de fondo, y en el caso que lleguen piscícolas
invasoras se complementaría con el desdoblamiento del caso (charcas de pie, inscritas o contiguas) que permitan hacer el trasiego del recurso hídrico en las charcas con
filtrado de alevines con la malla descrita, y por tanto, la eliminación de las piscícolas
invasoras a tratar.
• La construcción de la balsa para peces a la salida de la nueva EDAR, no podrá ser repoblada con piscícolas alóctonas ni aún provenientes del comercio legal para acuariofilia. Para el uso de otras piscícolas no amenazadas se solicitará el permiso al Servicio
competente en Pesca y Acuicultura.
Las obras de drenaje transversal en el cruce de viales sobre cursos de agua deben construirse de tal forma que no afecten al paso de peces y al tránsito de acarreos fluviales:
• Los marcos de hormigón en cursos permanentes o tubos empotrados o semienterrados en cursos efímeros, colocados bajo la rasante del lecho natural es la opción más
estable y permeable a peces y acarreos. La base en la batería de marcos o de tubos se
dispondrá con geometría cóncava semejante a las secciones transversales dominantes aguas arriba y abajo del cruce del vial con el curso de agua, evitando secciones
rectangulares o trapezoidales por sus efectos de laminación o ensanche del curso y
su pérdida de calado y el salto por descalce generado por erosión del lecho aguas
Lunes 9 de enero de 2023
2099
— La Sección de Pesca, Acuicultura y Coordinación, indica que uno de los aspectos más
relevantes en la gestión piscícola en los grandes embalses extremeños se centra en
controlar y evitar la propagación de las especies piscícolas invasoras. Es responsabilidad
de los titulares de las concesiones de aprovechamiento de aguas poner los medios necesarios para impedir la dispersión de peces desde las instalaciones hidráulicas, captación,
conducciones y vertidos. Para tal fin, se plantean necesarias soluciones análogas a las
indicadas a continuación:
• Para prevenir el trasvase involuntario de peces, se diseñará y colocará un dispositivo
o filtro en la toma de agua del embalse García Sola (con una luz de malla inferior a
1,5 cm), evitando así la entrada de juveniles y adultos de barbo a la impulsión. En el
caudal de salida que llena los depósitos se deberá garantizar que no llegan piscícolas
invasoras con filtros menores a 2 mm de luz de malla. El mantenimiento y limpieza de
estos mecanismos corresponde a su titular, así como el manejo y gestión de la pesca
ante su paso accidental, previa consulta y autorización por el Servicio competente en
Pesca y Acuicultura.
• Los nuevos estanques/charcas contemplados como medida compensatoria directa
deberán estar provistos de soluciones para su vaciado: sifones (válidos hasta seis metros de desnivel), bombeos y/o desagües de fondo, y en el caso que lleguen piscícolas
invasoras se complementaría con el desdoblamiento del caso (charcas de pie, inscritas o contiguas) que permitan hacer el trasiego del recurso hídrico en las charcas con
filtrado de alevines con la malla descrita, y por tanto, la eliminación de las piscícolas
invasoras a tratar.
• La construcción de la balsa para peces a la salida de la nueva EDAR, no podrá ser repoblada con piscícolas alóctonas ni aún provenientes del comercio legal para acuariofilia. Para el uso de otras piscícolas no amenazadas se solicitará el permiso al Servicio
competente en Pesca y Acuicultura.
Las obras de drenaje transversal en el cruce de viales sobre cursos de agua deben construirse de tal forma que no afecten al paso de peces y al tránsito de acarreos fluviales:
• Los marcos de hormigón en cursos permanentes o tubos empotrados o semienterrados en cursos efímeros, colocados bajo la rasante del lecho natural es la opción más
estable y permeable a peces y acarreos. La base en la batería de marcos o de tubos se
dispondrá con geometría cóncava semejante a las secciones transversales dominantes aguas arriba y abajo del cruce del vial con el curso de agua, evitando secciones
rectangulares o trapezoidales por sus efectos de laminación o ensanche del curso y
su pérdida de calado y el salto por descalce generado por erosión del lecho aguas