Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Grandes Instalaciones De Ocio. (2023040001)
Decreto 162/2022, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de Ordenación con Incidencia Territorial y Proyecto de Ejecución de Grandes Instalaciones de Ocio (POITEGIO), incluido el proyecto de urbanización, al amparo del Decreto 78/2020, de 23 de diciembre, por el que se califica como «Gran Instalación de Ocio» a la iniciativa formulada por Castilblanco Elysium Corporation, SAU el 9 de agosto de 2019.
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NÚMERO 5
Lunes 9 de enero de 2023
1476
A tal fin, en el acuerdo de aprobación definitiva del POITEGIO se acordará, previo informe
de la CUOTEX, la suspensión en todo o en parte, de la vigencia de los planes de ordenación
urbanística cuando éstos se encuentren afectados por las determinaciones de aquél.
Por otro lado, según el artículo 7.1 del Decreto 50/2016, de 26 de abril, de atribuciones de
los órganos urbanísticos y de ordenación del territorio, y de organización y funcionamiento
de la CUOTEX, le corresponden a ésta las atribuciones que se relacionan en el citado artículo y cuantas otras les confiera la normativa de aplicación.
III. ANÁLISIS Y CONSIDERACIONES.
Los proyectos regulados por la LEGIO son, según su artículo 2.1, “las iniciativas empresariales privadas que incluyan un complejo destinado a ubicar actividades de ocio, recreativas, deportivas, culturales, comerciales y hoteleras, además del juego de azar, con sus
servicios complementarios correspondientes que, sin perjuicio de la eventual diversidad
de titularidad o la gestión de las distintas actividades económicas singulares, formen una
unidad de explotación integral”.
El proyecto presentado incluye la regulación urbanística del ámbito afectado, descrita en
las normas urbanísticas del POITEGIO. El ámbito del proyecto se encuentra en el municipio
de Castilblanco (Badajoz) y ocupa una superficie total de 1.185 hectáreas. El ámbito se
divide en:
— Un sector de suelo urbanizable de 8.347.479,62 m2 (834,75 ha), cuyo uso global es terciario y como usos compatibles tiene el residencial y el dotacional. Este sector se divide
en distritos.
— Suelo no urbanizable o rústico, el resto del ámbito, unas 3.504.822,48 m2 (350,48 ha).
Actualmente, el Plan General Municipal de Castilblanco es el instrumento de planeamiento
urbanístico en vigor en el ámbito, que fue aprobado por la CUOTEX mediante acuerdo de
24/06/2010 (DOE 07/01/2011).
Se observa que la ordenación urbanística municipal vigente en el ámbito es incompatible
con las determinaciones de la ordenación propuesta por el proyecto Elysium City en su
POITEGIO. Por ello, el ámbito afectado por el POITEGIO, una vez aprobado definitivamente este, se regirá por esta nueva ordenación, según dispone el artículo 9.7 de la LEGIO,
debiendo adaptarse el planeamiento urbanístico municipal de Castilblanco en el ámbito del
proyecto Elysium City a la ordenación prevista en el POITEGIO en un año desde la aprobación definitiva de la ordenación urbanística.
Lunes 9 de enero de 2023
1476
A tal fin, en el acuerdo de aprobación definitiva del POITEGIO se acordará, previo informe
de la CUOTEX, la suspensión en todo o en parte, de la vigencia de los planes de ordenación
urbanística cuando éstos se encuentren afectados por las determinaciones de aquél.
Por otro lado, según el artículo 7.1 del Decreto 50/2016, de 26 de abril, de atribuciones de
los órganos urbanísticos y de ordenación del territorio, y de organización y funcionamiento
de la CUOTEX, le corresponden a ésta las atribuciones que se relacionan en el citado artículo y cuantas otras les confiera la normativa de aplicación.
III. ANÁLISIS Y CONSIDERACIONES.
Los proyectos regulados por la LEGIO son, según su artículo 2.1, “las iniciativas empresariales privadas que incluyan un complejo destinado a ubicar actividades de ocio, recreativas, deportivas, culturales, comerciales y hoteleras, además del juego de azar, con sus
servicios complementarios correspondientes que, sin perjuicio de la eventual diversidad
de titularidad o la gestión de las distintas actividades económicas singulares, formen una
unidad de explotación integral”.
El proyecto presentado incluye la regulación urbanística del ámbito afectado, descrita en
las normas urbanísticas del POITEGIO. El ámbito del proyecto se encuentra en el municipio
de Castilblanco (Badajoz) y ocupa una superficie total de 1.185 hectáreas. El ámbito se
divide en:
— Un sector de suelo urbanizable de 8.347.479,62 m2 (834,75 ha), cuyo uso global es terciario y como usos compatibles tiene el residencial y el dotacional. Este sector se divide
en distritos.
— Suelo no urbanizable o rústico, el resto del ámbito, unas 3.504.822,48 m2 (350,48 ha).
Actualmente, el Plan General Municipal de Castilblanco es el instrumento de planeamiento
urbanístico en vigor en el ámbito, que fue aprobado por la CUOTEX mediante acuerdo de
24/06/2010 (DOE 07/01/2011).
Se observa que la ordenación urbanística municipal vigente en el ámbito es incompatible
con las determinaciones de la ordenación propuesta por el proyecto Elysium City en su
POITEGIO. Por ello, el ámbito afectado por el POITEGIO, una vez aprobado definitivamente este, se regirá por esta nueva ordenación, según dispone el artículo 9.7 de la LEGIO,
debiendo adaptarse el planeamiento urbanístico municipal de Castilblanco en el ámbito del
proyecto Elysium City a la ordenación prevista en el POITEGIO en un año desde la aprobación definitiva de la ordenación urbanística.