Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Fondos Europeos. (2023060012)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Financiación Autonómica y Fondos Europeos, por la que se publica la Decisión de Ejecución de la Comisión de 14 de diciembre de 2022, por la que se aprueba el Programa FEDER Extremadura 2021-2027.
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NÚMERO 4
Jueves 5 de enero de 2023

1352

Según lo expuesto anteriormente, se considera que se han aplicado medidas y mecanismos para asegurar la integración de criterios de sostenibilidad durante todas las fases de
desarrollo del Programa FEDER Extremadura 2021-2027, que permiten acometer una protección efectiva del medio ambiente en el desarrollo de las actuaciones y una participación
activa en la lucha contra los efectos del cambio climático.
2. Información pública y Declaración Ambiental Estratégica.
La Dirección General de Financiación Autonómica y Fondos Europeos ha sometido a información pública la versión inicial del Programa FEDER Extremadura 2021-2027 junto con
el Estudio Ambiental Estratégico, en el DOE n.º 112, de 13 de junio de 2022, mediante
“Anuncio de 7 de junio de 2022 por el que se somete a información pública la versión inicial del Programa FEDER Extremadura 2021-2027 y su Estudio Ambiental Estratégico”. A
tales efectos, la versión inicial del Programa FEDER Extremadura 2021-2027 y su Estudio
Ambiental Estratégico se pudieron consultar durante 45 días hábiles, a contar desde el día
siguiente a la publicación del anuncio. No se han recibido alegaciones durante este periodo
de información pública.
Simultáneamente, se realizaron las consultas a las Administraciones Públicas afectadas
y personas interesadas conforme al artículo 22 de la ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental.
Se han tenido en cuenta las observaciones recibidas y han sido tratadas tanto en el Programa FEDER de Extremadura 2021-2027 como en el Estudio Ambiental Estratégico de éste.
El Programa FEDER de Extremadura 2021-2027 cumplirá con todo lo establecido en la normativa sectorial vigente en las materias de biodiversidad, población, salud humana, fauna,
flora, tierra, agua, aire, factores climáticos, bienes materiales, patrimonio cultural, incluido
el patrimonio histórico, paisaje, la ordenación del territorio y el urbanismo.
La Evaluación Ambiental Estratégica ordinaria realizada no exime de que los planes y programas y los proyectos derivados del desarrollo del Programa FEDER Extremadura 20212027 cumplan con todo lo establecido en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con lo establecido en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de evaluación ambiental y con lo dispuesto en la Ley 42/2007, de 13 de
diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
Especialmente, deberán contar con los informes ambientales (informe de impacto ambiental, declaración de impacto ambiental, informe ambiental, autorización ambiental, informe
de afección a Red Natura 2000, etc.) que correspondan en función del tipo de actividad, su
localización y su posible repercusión ambiental.