Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Fondos Europeos. (2023060012)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Financiación Autonómica y Fondos Europeos, por la que se publica la Decisión de Ejecución de la Comisión de 14 de diciembre de 2022, por la que se aprueba el Programa FEDER Extremadura 2021-2027.
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NÚMERO 4

1351

Jueves 5 de enero de 2023

ANEXO II
1. Integración en el programa de los aspectos ambientales.
El Programa FEDER de Extremadura 2021-2027 y el procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica se ha llevado a cabo en paralelo de manera que todas aquellas incidencias
detectadas durante el procedimiento han podido ser incorporadas y tratadas en ambos
documentos de forma continuada con el objetivo de obtener los mejores resultados, no
sólo en cuanto a los retos socioeconómicos a los que responde el Programa, sino también
en cuanto al desempeño medioambiental de éste y su papel en la lucha contra el cambio
climático.
Asimismo, las actuaciones incluidas en el Programa han sido previamente evaluadas bajo
el principio DNSH o de no causar un perjuicio significativo acorde al Reglamento (UE)
2021/852, según el que se considera que una actividad económica tiene la consideración
de medioambientalmente sostenible, y se establecen las medidas y requisitos que deben
cumplir para asegurar que éstas no generan un impacto ambiental significativo.
Durante la fase de programación se han realizado cambios y ajustes en el Programa que
han permitido mejorar los aspectos medioambientales de éste gracias a la elaboración del
Estudio Ambiental Estratégico y a las observaciones y alegaciones recibidas durante la fase
de consultas y la fase de información pública.
Entre éstos destacan la reducción de acciones que suponen la implementación de infraestructuras y la priorización de acciones que incluyen condicionantes de sostenibilidad y
edificación digna y eficiente en aquellos Objetivos Específicos en que se prevé la necesidad
de construir infraestructuras en el medio, ya que, tras la detección de impactos en el procedimiento de evaluación ambiental, se priorizó la adopción de medidas para la protección
de los recursos, la población y el medio ambiente.
Por otro lado, dada la dificultad de prever ciertos impactos ambientales en la fase de programación, debido a la definición general de actuaciones careciente de detalles, se trasladó
al Estudio Ambiental Estratégico la definición de medidas que puedan tener un efecto en la
elegibilidad de las actuaciones a realizar en fases posteriores del desarrollo del Programa
FEDER Extremadura 2021-2027, con el objetivo de asegurar que éstas se desarrollaran con
criterios de sostenibilidad y en aras de proteger el medio ambiente.
Del mismo modo, se estableció una correlación entre el seguimiento ambiental derivado
de la evaluación ambiental estratégica y el seguimiento del Programa establecido por el
Reglamento (UE) 2021/1060 de forma que se incorporen los criterios ambientales y climáticos a estos, asegurando un correcto desarrollo del Programa tanto a nivel socioeconómico
como ambiental.