Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Fondos Europeos. (2023060012)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Financiación Autonómica y Fondos Europeos, por la que se publica la Decisión de Ejecución de la Comisión de 14 de diciembre de 2022, por la que se aprueba el Programa FEDER Extremadura 2021-2027.
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NÚMERO 4
Jueves 5 de enero de 2023
1349
(5) De conformidad con el artículo 23 del Reglamento (UE) 2021/1060, la Comisión evaluó
el programa y presentó observaciones conforme a lo dispuesto en el apartado 2 de ese
mismo artículo el 12 de agosto de 2022 y el 28 de noviembre de 2022. España facilitó
información adicional el 10 de noviembre de 2022 y presentó un programa revisado final
el 2 de diciembre de 2022.
(6) La Comisión llegó a la conclusión de que el programa cumple lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2021/1060 y en el Reglamento (UE) 2021/1058 del Parlamento Europeo y
del Consejo, es coherente con el Acuerdo de Asociación de España y tiene en cuenta las
recomendaciones específicas por país, los retos pertinentes identificados en el plan nacional integrado de energía y clima y los principios del pilar europeo de derechos sociales.
(7) Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 86, apartado 1, párrafo primero, del Reglamento
(UE) 2021/1060, la presente Decisión constituye una decisión de financiación a efectos
del artículo 110, apartado 1, del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento
Europeo y del Consejo3 . No obstante, es preciso especificar los elementos necesarios
para contraer los compromisos presupuestarios con respecto al programa contemplado
en la presente Decisión.
(8) De conformidad con el artículo 112, apartados 1 y 2, del Reglamento (UE) 2021/1060, es
necesario fijar para cada prioridad el porcentaje de cofinanciación y el importe máximo
de la ayuda de los Fondos. También es necesario especificar si el porcentaje de cofinanciación para la prioridad se aplica a la contribución total, incluida la contribución pública y
privada, o a la contribución pública.
(9) La presente Decisión se entiende sin perjuicio de la posición de la Comisión en cuanto a
la conformidad de las operaciones financiadas en el marco del programa con las normas
sobre ayudas estatales aplicables en el momento de la concesión de la ayuda.
(10) Por consiguiente, procede aprobar el programa,
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1.
Queda aprobado el programa “Programa Extremadura FEDER 2021-2027” de ayuda del FEDER
en el marco del objetivo de inversión en empleo y crecimiento para la comunidad autónoma
de Extremadura en España para el período del 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de
2027, presentado en su versión final el 2 de diciembre de 2022.
Jueves 5 de enero de 2023
1349
(5) De conformidad con el artículo 23 del Reglamento (UE) 2021/1060, la Comisión evaluó
el programa y presentó observaciones conforme a lo dispuesto en el apartado 2 de ese
mismo artículo el 12 de agosto de 2022 y el 28 de noviembre de 2022. España facilitó
información adicional el 10 de noviembre de 2022 y presentó un programa revisado final
el 2 de diciembre de 2022.
(6) La Comisión llegó a la conclusión de que el programa cumple lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2021/1060 y en el Reglamento (UE) 2021/1058 del Parlamento Europeo y
del Consejo, es coherente con el Acuerdo de Asociación de España y tiene en cuenta las
recomendaciones específicas por país, los retos pertinentes identificados en el plan nacional integrado de energía y clima y los principios del pilar europeo de derechos sociales.
(7) Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 86, apartado 1, párrafo primero, del Reglamento
(UE) 2021/1060, la presente Decisión constituye una decisión de financiación a efectos
del artículo 110, apartado 1, del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento
Europeo y del Consejo3 . No obstante, es preciso especificar los elementos necesarios
para contraer los compromisos presupuestarios con respecto al programa contemplado
en la presente Decisión.
(8) De conformidad con el artículo 112, apartados 1 y 2, del Reglamento (UE) 2021/1060, es
necesario fijar para cada prioridad el porcentaje de cofinanciación y el importe máximo
de la ayuda de los Fondos. También es necesario especificar si el porcentaje de cofinanciación para la prioridad se aplica a la contribución total, incluida la contribución pública y
privada, o a la contribución pública.
(9) La presente Decisión se entiende sin perjuicio de la posición de la Comisión en cuanto a
la conformidad de las operaciones financiadas en el marco del programa con las normas
sobre ayudas estatales aplicables en el momento de la concesión de la ayuda.
(10) Por consiguiente, procede aprobar el programa,
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1.
Queda aprobado el programa “Programa Extremadura FEDER 2021-2027” de ayuda del FEDER
en el marco del objetivo de inversión en empleo y crecimiento para la comunidad autónoma
de Extremadura en España para el período del 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de
2027, presentado en su versión final el 2 de diciembre de 2022.