Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Comercio Exterior. Ayudas. (2022040213)
Decreto 141/2022, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la internacionalización de la empresa extremeña y la mejora de las condiciones de comercialización exterior, y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2023.
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NÚMERO 1
Lunes 2 de enero de 2023
47
http://doe.juntaex.es y en el Portal de subvenciones
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index, con la consiguiente inadmisión de
las solicitudes posteriormente presentadas.
Las solicitudes de ayudas se dirigirán a la Secretaría General de la Consejería con competencias en materia de comercio exterior, con arreglo al modelo del anexo I.
La solicitud y documentación necesaria se presentará a través de Sede Electrónica en la siguiente dirección web: https://sede.gobex.es/SEDE/. Las solicitudes deberán presentarse de
forma electrónica, de conformidad con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 14
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, utilizando el modelo normalizado de solicitud disponible en la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura, https://sede.gobex.es/SEDE/estructura/accesoClave.jsf,
junto con la documentación que deba acompañarse, a través del procedimiento telemático
habilitado al efecto en la misma y se cumplimentará utilizando dicha herramienta informática
y según las instrucciones establecidas.
Con carácter general, las solicitudes de ayudas deberán acompañarse de la siguiente documentación:
Todas las solicitudes deberán incluir la siguiente documentación:
a) En el caso de comunidades de bienes y otras agrupaciones sin personalidad jurídica
propia, deberán hacerse constar expresamente los compromisos de ejecución asumidos
por cada comunero, así como el importe de la subvención a aplicar a cada uno de ellos,
debiendo nombrar un representante. Para ello se cumplimentará el anexo IV, que se encontrará accesible en el punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites
https://www.juntaex.es dentro del correspondiente trámite, en el apartado de anexos,
y deberá presentarse en formato electrónico.
Los solicitantes deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias, tanto con el
Estado, frente a la Seguridad Social y con la Hacienda autonómica. Si en el modelo de
solicitud, el solicitante manifiesta oposición expresa a que el órgano instructor recabe
de oficio el certificado que acredite que no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura y con la Seguridad Social, y/o no autoriza expresamente a que recabe el certificado de estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la
Hacienda del Estado, deberá presentar las referidas certificaciones junto con la solicitud
en formato electrónico para su incorporación al expediente.
En el caso de comunidades de bienes y otras agrupaciones sin personalidad jurídica
propia, esta situación deberá ser acreditada por todos y cada uno de sus integrantes.
Lunes 2 de enero de 2023
47
http://doe.juntaex.es y en el Portal de subvenciones
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index, con la consiguiente inadmisión de
las solicitudes posteriormente presentadas.
Las solicitudes de ayudas se dirigirán a la Secretaría General de la Consejería con competencias en materia de comercio exterior, con arreglo al modelo del anexo I.
La solicitud y documentación necesaria se presentará a través de Sede Electrónica en la siguiente dirección web: https://sede.gobex.es/SEDE/. Las solicitudes deberán presentarse de
forma electrónica, de conformidad con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 14
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, utilizando el modelo normalizado de solicitud disponible en la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura, https://sede.gobex.es/SEDE/estructura/accesoClave.jsf,
junto con la documentación que deba acompañarse, a través del procedimiento telemático
habilitado al efecto en la misma y se cumplimentará utilizando dicha herramienta informática
y según las instrucciones establecidas.
Con carácter general, las solicitudes de ayudas deberán acompañarse de la siguiente documentación:
Todas las solicitudes deberán incluir la siguiente documentación:
a) En el caso de comunidades de bienes y otras agrupaciones sin personalidad jurídica
propia, deberán hacerse constar expresamente los compromisos de ejecución asumidos
por cada comunero, así como el importe de la subvención a aplicar a cada uno de ellos,
debiendo nombrar un representante. Para ello se cumplimentará el anexo IV, que se encontrará accesible en el punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites
https://www.juntaex.es dentro del correspondiente trámite, en el apartado de anexos,
y deberá presentarse en formato electrónico.
Los solicitantes deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias, tanto con el
Estado, frente a la Seguridad Social y con la Hacienda autonómica. Si en el modelo de
solicitud, el solicitante manifiesta oposición expresa a que el órgano instructor recabe
de oficio el certificado que acredite que no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura y con la Seguridad Social, y/o no autoriza expresamente a que recabe el certificado de estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la
Hacienda del Estado, deberá presentar las referidas certificaciones junto con la solicitud
en formato electrónico para su incorporación al expediente.
En el caso de comunidades de bienes y otras agrupaciones sin personalidad jurídica
propia, esta situación deberá ser acreditada por todos y cada uno de sus integrantes.