Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Cultura. Ayudas. (2022064228)
Resolución de 28 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, de convocatoria de las ayudas públicas para la modernización de las infraestructuras de gestión artística en el ámbito de las artes escénicas y de la música en Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, correspondiente al año 2022, financiado por la Unión Europea -Next Generation EU-.
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NÚMERO 249
Viernes 30 de diciembre de 2022



b) Inmovilizaciones materiales:



— Instalaciones técnicas.



— Maquinaria.



— Utillaje.



— Equipos de oficina.



— Equipos para procesos de información.



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c) Los gastos de consultoría directamente afectos a la inversión no podrán superar el
20% de la ayuda concedida.

5. T
 ratándose de gastos correspondientes a inmovilizado intangible e inmovilizado material,
de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 31.4 de la Ley 38/2003, de 27 de noviembre, Gene­
ral de Subvenciones, en lo relativo a bienes inventariables se establece un período mínimo
de afectación de cinco años a la actividad objeto de subvención.
6. E
 n ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al
valor de mercado.
Octavo. Ejecución de la actividad subvencionable.
Los proyectos que sean objeto de ayuda deberán desarrollarse a partir del día siguiente de
la fecha de presentación de la solicitud correspondiente y terminar como máximo el 31 de
diciembre de 2023, teniendo en cuenta que los gastos subvencionables serán exclusivamente
los comprendidos entre estas fechas.
Noveno. Solicitudes y plazo de presentación.
1. C
 ada persona física o entidad interesada podrá presentar una sola solicitud referida a un
único proyecto que podrá incluir más de un espacio. En el supuesto de que el mismo titular
realice más de una solicitud, se evaluará la primera solicitud que haya presentado, según
fecha de registro, considerándose excluidas las restantes.
2. E
 l plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria y el extracto de la misma en el Diario
Oficial de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en el artículo artículo 20.8.a) de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones en el Diario Oficial de Extremadura.