Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Cultura. Ayudas. (2022064228)
Resolución de 28 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, de convocatoria de las ayudas públicas para la modernización de las infraestructuras de gestión artística en el ámbito de las artes escénicas y de la música en Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, correspondiente al año 2022, financiado por la Unión Europea -Next Generation EU-.
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NÚMERO 249
Viernes 30 de diciembre de 2022

67794

General de Subvenciones. La falta de resolución expresa dentro del plazo máximo para
resolver, legitima a los interesados para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo, conforme a lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 22 de la Ley 6/2011, de
23 de marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
5. S
 i en el plazo de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la resolución de la
subvención los beneficiarios no manifiestan expresamente su renuncia, se entenderá que
aceptan la misma, comprometiéndose a ejecutar el proyecto subvencionado en el plazo y
condiciones establecidas.
6. E
 l plazo mencionado en el punto anterior será también para formular la/s posible/s
renuncia/s expresas, ya que si éstas se produjeran con posterioridad, no habría lugar a la
concesión de la subvención a los siguientes beneficiarios en orden de puntuación, según lo
establecido en el punto 3 del presente resuelve.
Decimoquinto. Modificación.
Toda alteración de las condiciones iniciales por las que se otorgó la ayuda deberá ser inmediatamente comunicada a la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura, quien autorizará aquellas que no desvirtúen la finalidad perseguida con el otorgamiento
de la subvención, en atención al proyecto presentado.
No obstante, se podrán llevar a cabo modificaciones no sustanciales en el proyecto aprobado
sin que sea necesaria solicitar la citada autorización, cuando deban efectuarse reajustes presupuestarios entre alguna de las partidas de gastos del citado proyecto, siempre que dichos
ajustes no afecten, aislada o conjuntamente, a más de un 20% del total de la subvención.
En el supuesto de que se superasen los porcentajes previstos en el párrafo anterior se solicitará de forma motivada, exponiendo las razones que justifican dichos cambios, autorización
previa para llevar a cabo dichas modificaciones a la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura. Esta solicitud deberá ser solicitada por escrito al menos un
mes antes de la finalización del periodo de ejecución del proyecto y autorizada por el órgano
concedente. La Consejería deberá resolver en el plazo máximo de 15 días hábiles. En el caso
de que transcurra dicho plazo sin que recaiga autorización o denegación expresa podrá entenderse estimada la solicitud.
Decimosexto. Régimen de compatibilidad.
1. L
 as ayudas reguladas en la presente convocatoria son compatibles con cualquier otra ayuda o subvención de las Administraciones Públicas o entidades públicas o privadas para la