Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Cultura. Ayudas. (2022064228)
Resolución de 28 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, de convocatoria de las ayudas públicas para la modernización de las infraestructuras de gestión artística en el ámbito de las artes escénicas y de la música en Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, correspondiente al año 2022, financiado por la Unión Europea -Next Generation EU-.
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NÚMERO 249
Viernes 30 de diciembre de 2022
67791
empresas que cumplan los requisitos para la concesión de la ayuda con indicación del importe a conceder, aquéllas que lo cumplen pero no alcanzan la puntuación necesaria para
ser beneficiarias, así como de aquéllas que no los cumplen con indicación de los motivos
de denegación.
Si dos o más proyectos obtuvieran la misma puntuación en una modalidad, el empate se
resolverá a favor de aquel que haya obtenido la puntuación más alta en el criterio de valoración número 1.a) a.1. Si el empate se mantiene, se atenderá sucesivamente a la puntuación obtenida en los criterios 1.a) a.2; de persistir el empate se resolverá por riguroso
orden de presentación de las solicitudes.
Decimotercero. Criterios de valoración.
1. S
erán criterios de valoración para la concesión de estas ayudas:
a) Planteamiento técnico del proyecto y viabilidad del mismo (hasta 50 puntos), de la siguiente manera:
a) 1. C
alidad de los proyectos respecto a las finalidades previstas. Se tendrá en consideración la capacidad transformadora de los proyectos presentados respecto al
punto de partida de la infraestructura; así como ambición del mismo, en términos
de adquisición de nuevas tecnologías, implantación de nuevos modelos de gestión
o mejoras de funcionamiento, entre otros. Se podrá asignar por este concepto un
máximo de 30 puntos.
a) 2. I mpacto del proyecto para la modernización digital, la transición verde y transformación del espacio escénico y/o musical, que impulsen un crecimiento inteligente
y sostenible de su gestión. Se podrá asignar por este concepto un máximo de 20
puntos.
b) Planteamiento económico del proyecto y viabilidad del mismo (hasta 30 puntos), el cual
se divide en los siguientes criterios:
b) 1. A
decuación del presupuesto presentado a los objetivos de la actividad, al contenido propuesto y a precios reales de mercado. Se podrá asignar por este concepto
un máximo de 8 puntos.
b) 2. C
apacidad organizativa de la entidad para desarrollar y consolidar la actividad
proyectada, valorando los medios materiales y personales necesarios para la ejecución del proyecto. Se podrá asignar por este concepto un máximo de 8 puntos.
Viernes 30 de diciembre de 2022
67791
empresas que cumplan los requisitos para la concesión de la ayuda con indicación del importe a conceder, aquéllas que lo cumplen pero no alcanzan la puntuación necesaria para
ser beneficiarias, así como de aquéllas que no los cumplen con indicación de los motivos
de denegación.
Si dos o más proyectos obtuvieran la misma puntuación en una modalidad, el empate se
resolverá a favor de aquel que haya obtenido la puntuación más alta en el criterio de valoración número 1.a) a.1. Si el empate se mantiene, se atenderá sucesivamente a la puntuación obtenida en los criterios 1.a) a.2; de persistir el empate se resolverá por riguroso
orden de presentación de las solicitudes.
Decimotercero. Criterios de valoración.
1. S
erán criterios de valoración para la concesión de estas ayudas:
a) Planteamiento técnico del proyecto y viabilidad del mismo (hasta 50 puntos), de la siguiente manera:
a) 1. C
alidad de los proyectos respecto a las finalidades previstas. Se tendrá en consideración la capacidad transformadora de los proyectos presentados respecto al
punto de partida de la infraestructura; así como ambición del mismo, en términos
de adquisición de nuevas tecnologías, implantación de nuevos modelos de gestión
o mejoras de funcionamiento, entre otros. Se podrá asignar por este concepto un
máximo de 30 puntos.
a) 2. I mpacto del proyecto para la modernización digital, la transición verde y transformación del espacio escénico y/o musical, que impulsen un crecimiento inteligente
y sostenible de su gestión. Se podrá asignar por este concepto un máximo de 20
puntos.
b) Planteamiento económico del proyecto y viabilidad del mismo (hasta 30 puntos), el cual
se divide en los siguientes criterios:
b) 1. A
decuación del presupuesto presentado a los objetivos de la actividad, al contenido propuesto y a precios reales de mercado. Se podrá asignar por este concepto
un máximo de 8 puntos.
b) 2. C
apacidad organizativa de la entidad para desarrollar y consolidar la actividad
proyectada, valorando los medios materiales y personales necesarios para la ejecución del proyecto. Se podrá asignar por este concepto un máximo de 8 puntos.