Consejería De Educación Y Empleo. Procesos Selectivos. (2022064216)
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso extraordinario, para la estabilización del empleo docente de acuerdo a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, por el sistema de concurso-oposición, integración por primera vez en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de integrantes de listas ordinarias y supletorias, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Cuerpo de Maestros, para plazas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 249
Viernes 30 de diciembre de 2022

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c) Prueba de acreditación del castellano:
— Con carácter previo a la realización del proceso de selección, la Dirección General de
Personal Docente dictará resolución, que se publicará en el portal https://profex.educarex.es, anunciando el lugar y la fecha de celebración de las pruebas de acreditación de
la lengua castellana, así como la designación del tribunal que valorará esta prueba.
— El contenido de la prueba de acreditación del conocimiento del castellano será determinado por el tribunal tomando como referencia lo dispuesto en el Real Decreto
1137/2002, de 31 de octubre, por el que se establecen diplomas acreditativos del conocimiento del español como lengua extranjera, modificado por el Real Decreto 264/2008,
de 22 de febrero.
— La prueba se calificará de persona “apta” o “no apta”, siendo necesario obtener la valoración de persona “apta” para poder participar en los procesos convocados en la Base II.
4.1.3. Aspirantes que tengan la condición legal de persona con discapacidad.
Deberán tener reconocido por los órganos competentes un grado de discapacidad igual o
superior al 33 por 100, siempre que ello sea compatible con el desempeño de las funciones
correspondientes al cuerpo y especialidad a que se opta.
4.2. F
 echa en la que se deben poseer los requisitos generales
Todos los requisitos enumerados en el apartado 4.1.1 de esta Base deberán reunirse en la
fecha en que finalicen los plazos de presentación de solicitudes y mantenerse durante el desarrollo de los procesos convocados y por los que la persona aspirante participe, así como
hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera para aquellas
personas que superen el proceso selectivo.
Base V. Tipologías de acceso.
Existirán tres tipologías de acceso según la situación de las personas aspirantes:
— Tipología 1: Aspirantes que, siendo integrantes de listas ordinarias, participan en el
procedimiento de valoración y actualización de méritos y no en el proceso selectivo de
ingreso, bien por no convocarse su especialidad o bien por no presentarse en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Tipología 2: Aspirantes que, siendo integrantes de listas ordinarias, participan en el procedimiento de valoración y actualización de méritos y en el proceso selectivo de ingreso.