Consejería De Educación Y Empleo. Procesos Selectivos. (2022064216)
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso extraordinario, para la estabilización del empleo docente de acuerdo a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, por el sistema de concurso-oposición, integración por primera vez en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de integrantes de listas ordinarias y supletorias, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Cuerpo de Maestros, para plazas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 249
Viernes 30 de diciembre de 2022

Se valorarán exclusivamente las actividades
homologadas
por
una
Administración
Educativa y las de la Universidad.

67707

Quedan excluidos de dicha acreditación
aquellos cursos, seminarios, grupos de trabajo
u otras actividades inscritas en el Registro de
Formación Permanente del Profesorado de
Extremadura.
En el caso de las actividades de formación
homologadas, se deberá acompañar,
necesariamente, la correspondiente diligencia
de homologación de la actividad expedida por
la correspondiente Administración Educativa.

3.3.2. Por publicaciones o películas de carácter
didáctico y científico: hasta 0,4 puntos.
Aquellas publicaciones que, estando obligadas
a consignar el ISBN en virtud de lo dispuesto
por el Decreto 2984/1972, de 2 de noviembre,
modificado por el Real Decreto 2063/2008, de
12 de diciembre o, en su caso, ISSN o ISMN,
carezcan de ellos, no serán valoradas. Tampoco
se valorarán las publicaciones en las que la
persona autora sea editora de las mismas.
La puntuación máxima se repartirá de la
siguiente manera:
 Libro completo o publicación en vídeo o
C.D. con autoría única: 0,2 puntos.
 Libro completo o publicación en vídeo o
C.D. con autoría compartida se dividirá 0,2
puntos entre el número de personas entre
las que se comparta la autoría, con un
mínimo de 0,05 puntos.
 Artículos: 0,05 puntos con autoría única.
Con autoría compartida se divide 0,05
puntos por el número de personas que
compartan la autoría, con un mínimo de
0,02 puntos.

En el caso de los cursos de la Universidad, la
certificación deberá ser emitida por órgano
competente.
En el caso de libros, certificado de la editorial
donde conste: título del libro, autor/es, ISBN,
depósito legal y fecha primera edición, el
número de ejemplares y que la difusión de los
mismos ha sido en librerías comerciales. En
relación con los libros editados por
Administraciones Públicas o universidades
públicas o privadas, que no se hayan difundido
en librerías comerciales, además de los datos
anteriores, en el certificado deben constar los
centros de difusión (centros educativos,
centros
de
profesores,
instituciones
culturales…). En los supuestos en que la
editorial o asociación haya desaparecido, los
datos requeridos en este certificado habrán de
justificarse por cualquier medio de prueba
admisible en derecho.
En el caso de artículos en revistas, certificado
de la editorial donde conste: el número de
ejemplares, lugares de distribución y venta, o
asociación científica o didáctica, legalmente
constituida, a la que pertenece la revista,
título de la publicación, autoría (definiendo la
persona o personas autoras), ISSN o ISMN,
depósito legal y fecha primera edición. En
relación con las revistas editadas por
Administraciones Públicas o universidades
públicas o privadas, que no se hayan difundido
en librerías comerciales, además de los datos
anteriores, en el certificado deben constar los
centros de difusión (centros educativos,
centros de profesorado, instituciones
culturales…).
En el caso de publicaciones en formato
electrónico, para ser valoradas deberá
presentarse un informe en el cual el
organismo emisor certifique en qué base de
datos bibliográfica aparece la publicación. En
este documento se indicarán, además, los
siguientes datos: el título de la publicación,
autor/es, fecha de la publicación y depósito
legal.