Consejería De Educación Y Empleo. Procesos Selectivos. (2022064216)
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso extraordinario, para la estabilización del empleo docente de acuerdo a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, por el sistema de concurso-oposición, integración por primera vez en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de integrantes de listas ordinarias y supletorias, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Cuerpo de Maestros, para plazas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 249
Viernes 30 de diciembre de 2022

67671

Una vez examinadas las reclamaciones, si las hubiera, las Comisiones de Selección publicarán en el portal https://profex.educarex.es el listado definitivo de personal seleccionado
en la fecha que se establezca mediante Resolución de la Dirección General de Personal
Docente, que se hará pública en el Diario Oficial de Extremadura.
Contra el listado definitivo se podrá interponer recurso de alzada ante la Dirección General de
Personal Docente en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del mismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Base XXVII. Actuaciones a realizar por las personas seleccionadas.
27.1. Presentación de documentos.
Las personas seleccionadas entregarán la documentación a la que se refiere el Anexo VI
en la Delegación Provincial de Educación de la provincia en que han actuado, en el plazo
de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al que se haga público el listado definitivo de aspirantes que han superado la fase de concurso-oposición.
27.2. Actuaciones a realizar por las personas seleccionadas. Supuestos particulares
27.2.1. Superación del proceso selectivo para ingreso al mismo cuerpo en convocatorias
correspondientes a diferentes Administraciones Educativas.
Quienes superen el proceso selectivo para ingreso al mismo cuerpo en convocatorias correspondientes a diferentes Administraciones Educativas deberán optar por una de ellas,
de forma que renunciarán a todos los derechos que les puedan corresponder por su participación en las restantes. De no realizar esta opción, la aceptación del primer nombramiento
como personal funcionario en prácticas se entenderá como renuncia tácita a los restantes.
La renuncia a los derechos implicará la selección de los siguientes aspirantes que correspondan según el orden determinado por la calificación final obtenida en el proceso selectivo de ingreso.
27.2.2. Prestación de servicios remunerados en la Junta de Extremadura.
Quienes, habiendo superado el proceso selectivo de ingreso, estuvieran prestando servicios remunerados en la Junta de Extremadura como personal funcionario de carrera, interino o como personal laboral, sin perjuicio de la situación administrativa o laboral que de
acuerdo con la normativa vigente les corresponda, deberán formular opción por la percepción de las remuneraciones durante su condición de personal funcionario en prácticas, de
conformidad con lo previsto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero (BOE de 6 de
marzo), modificado por el Real Decreto 213/2003, de 21 de febrero (BOE de 1 de marzo).