Consejería De Educación Y Empleo. Procesos Selectivos. (2022064216)
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso extraordinario, para la estabilización del empleo docente de acuerdo a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, por el sistema de concurso-oposición, integración por primera vez en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de integrantes de listas ordinarias y supletorias, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Cuerpo de Maestros, para plazas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 249
Viernes 30 de diciembre de 2022

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La Comisión de Selección correspondiente, basándose en la información recibida, acordará si procede o no aplazar la realización de dicha prueba. En caso de aplazamiento se
efectuará un nuevo llamamiento, decayendo de todos sus derechos en el presente proceso
selectivo de ingreso quienes no comparecieran.
15.2. Solicitud de adaptación para personas con discapacidad.
En este sentido, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Decreto 111/2017,
se establecerán para las personas con discapacidad que lo soliciten las adaptaciones y
ajustes razonables necesarios en tiempo y medios para su realización y que en ningún
momento supongan desnaturalización del contenido de la prueba.
Base XVI. Temarios e idioma de las pruebas.
16.1. Temarios.
Serán de aplicación los temarios que indica la Orden ECD/191/2012, de 6 de febrero, por
la que se regulan los temarios que han de regir en los procesos de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes establecidos en la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo de Educación (Boletín Oficial del Estado, número 32, de 7 de febrero) y que se expresan en el Anexo IV.
Según la disposición transitoria séptima del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, hasta tanto se aprueben los temarios definitivos que corresponden a los diferentes cuerpos y
especialidades subsistirán los temarios actualmente vigentes para aquellas especialidades
del Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional, que se integran
en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y para las especialidades que pasan
a formar parte del Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación
Profesional.
16.2. Idioma de las pruebas de las especialidades de idiomas modernos.
Todas las pruebas correspondientes a las especialidades de idiomas modernos se desarrollarán en ese idioma, de conformidad con lo establecido en el artículo 20.2 y en la disposición transitoria cuarta del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero.
Base XVII. Convocatorias y llamamientos de aspirantes.
17.1. Convocatorias de Aspirantes
Una vez comenzadas las actuaciones ante el tribunal no será obligatoria la publicación en
el Diario Oficial de Extremadura de las sucesivas convocatorias de aspirantes.