Consejería De Educación Y Empleo. Procesos Selectivos. (2022064216)
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso extraordinario, para la estabilización del empleo docente de acuerdo a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, por el sistema de concurso-oposición, integración por primera vez en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de integrantes de listas ordinarias y supletorias, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Cuerpo de Maestros, para plazas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 249
Viernes 30 de diciembre de 2022

II

67639

AUTORIDADES Y PERSONAL
2. OPOSICIONES Y CONCURSOS

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
RESOLUCIÓN de 27 de diciembre de 2022, de la Dirección General de
Personal Docente, por la que se convocan procedimientos selectivos para
ingreso extraordinario, para la estabilización del empleo docente de acuerdo
a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, por el sistema de concurso-oposición,
integración por primera vez en listas de espera ordinarias y supletorias, y
valoración de méritos de integrantes de listas ordinarias y supletorias, para
los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de
Formación Profesional, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de
Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores
de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros
de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Cuerpo de Maestros, para plazas de la
Comunidad Autónoma de Extremadura. (2022064216)
La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, establece en su artículo 2.3 el objetivo de que la tasa de cobertura
temporal en el sector público se sitúe por debajo del ocho por ciento de las plazas estructurales en el conjunto de las Administraciones Públicas españolas. La consecución de dicho objetivo, en consonancia con la Directiva 1999/70 CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa
al Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada,
se articula en torno a la actuación en distintos ámbitos, como son la adopción de medidas
encaminadas a remediar la elevada temporalidad existente, la prevención y sanción del abuso
en la temporalidad a futuro, así como la potenciación de la adopción de herramientas y una
cultura de la planificación para una mejor gestión de los recursos humanos.
Entre las medidas incluidas en esta Ley encaminadas a reducir la temporalidad en el empleo
público, se encuentra la autorización en su artículo 2.1 de una nueva tasa de estabilización
que, adicionalmente a lo establecido en los artículos 19.1.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio,
de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 y 19.1.9 de la Ley 6/2018, de 3 de
julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, debe incluir aquellas plazas de
naturaleza estructural que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de
forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre