Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Teatro. Danza. Música. Ayudas. (2022064227)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se resuelve la concesión de ayudas a las agrupaciones profesionales de teatro, música y danza de Extremadura para la realización de actuaciones o giras fuera de la comunidad.
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NÚMERO 249

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Viernes 30 de diciembre de 2022

5. L
 a percepción de estas ayudas es compatible con cualquier otra ayuda o subvención de las
Administraciones Públicas o entidades públicas o privadas para la misma finalidad siempre
que la cuantía de la ayuda no supere aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, el
coste del proyecto para el que se solicita la ayuda.
6. En cuanto al incumplimiento, revocación y reintegro:
a) Procederá a la revocación de la ayuda y, en su caso, el reintegro de las cantidades percibidas cuando se produzcan los incumplimientos contemplados en el artículo 43 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) En el caso de incumplimientos parciales, el órgano competente determinará la cantidad
a reintegrar por la entidad beneficiaria respondiendo al principio de proporcionalidad,
en función de las actuaciones acreditadas, siempre que el cumplimiento por aquélla se
aproxime de modo significativo al cumplimiento total y quede acreditada una actuación
inequívocamente tendente a la satisfacción de sus compromisos. Se considerará que el
cumplimiento por el beneficiario se aproxima significativamente al cumplimiento total,
cuando se haya acreditado, en los términos exigidos en la presente orden, al menos
un 60% de la realización de la actividad subvencionada. En estos casos procederá la
pérdida del derecho a la subvención en cuanto a la parte no ejecutada.
c) Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público,
resultando de aplicación para su cobranza lo previsto en la Ley 5/2007, de 19 de abril,
General de Hacienda Pública de Extremadura.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados
interponer recurso de alzada ante la Consejera de Cultura, Turismo y Deportes en el plazo de
un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según lo previsto en los 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 101 de la Ley 1/2002,
de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso
que estimen procedente.
Mérida, 22 de diciembre de 2022.
El Secretario General,
PEDRO ALVARADO RODRÍGUEZ