Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2022064157)
Resolución de 13 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de 2023 de subvenciones destinadas a financiar planes de formación dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 249
Viernes 30 de diciembre de 2022

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Octavo. Solitudes de subvención.
1. L
 as solicitudes de las subvenciones se formalizarán en el modelo normalizado que se establece como Anexo I de esta resolución, que estará disponible en la web https://sede.
gobex.es/SEDE/. Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20 del Decreto
225/2014, de 14 de octubre, las personas interesadas podrán disponer de la información
relativa a la subvención a través del Portal de Ciudadano de la Junta de Extremadura.
2. L
 as solicitudes, en modelo normalizado y acompañadas de la documentación indicada en
el apartado décimo, se presentarán en la web https://sede.gobex.es/SEDE/ y se dirigirán
a la Secretaría General del Servicio Extremeño Público de Empleo, Código Unidad Administrativa de Destino A11029832.
3. L
 os formularios normalizados que se establecen como Anexo II y Anexo III deberán ser
cumplimentados a través de la herramienta informática “Formación ocupados” del Servicio Extremeño Público de Empleo, ubicada en la página http://www.extremaduratrabaja.
es. Una vez cumplimentados, deberán ser firmados y presentados de conformidad con lo
previsto en el punto 3 e) y f) del apartado décimo y en la forma indicada en el apartado
undécimo.
4. E
 n el supuesto de no encontrarse habilitados los medios tecnológicos necesarios para la
presentación telemática de las solicitudes, las solicitudes de subvención se formalizarán en
el modelo que se establece como Anexo I de esta resolución, disponible en la página web
del Servicio Extremeño Público de Empleo, en la dirección electrónica
www.extremaduratrabaja.juntaex.es.
En este caso, el citado Anexo I de solicitud de subvención y, en función del tipo de plan de
formación, el Anexo II o el Anexo III, deberán cumplimentarse a través de la herramienta
informática “Formación ocupados” del Servicio Extremeño Público de Empleo, ubicada en la
referida dirección electrónica y según las instrucciones establecidas en la misma.
Una vez cumplimentada la solicitud y, para que la misma tenga plenos efectos jurídicos de
cara a la participación en la convocatoria, las entidades solicitantes deberán imprimir dicha
solicitud, firmarla y darle registro, en formato papel, en los lugares referidos en el párrafo
siguiente, acompañada de la documentación indicada en el apartado décimo.
Las solicitudes podrán presentarse en las oficinas de registro del Servicio Extremeño Público de Empleo, en cualquier otra oficina integrada del Sistema de Registro de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura establecido en el Decreto 257/2009,
de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las
funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad