Universidad De Extremadura. Universidad. Carrera Profesional. (2022064199)
Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Gerencia, por la que se ejecuta el Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba la normativa reguladora de la carrera profesional horizontal para el personal de Administración y Servicios.
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NÚMERO 248
Jueves 29 de diciembre de 2022
67342
CAPÍTULO III
Transferencia, innovación y difusión de conocimientos
Artículo 20. Consideraciones generales.
1. A
efectos de la presente normativa se entenderá por transferencia, innovación y difusión
de conocimientos, el conjunto de actividades realizadas por el personal dirigidas tanto a
la difusión del conocimiento técnico y organizativo, como a la investigación, divulgación y
desarrollo en materias propias de los distintos ámbitos profesionales de la Universidad de
Extremadura.
2. P
ara su valoración, preservación y difusión en libre acceso, el material didáctico empleado
en las actividades de docencia y tutoría, los proyectos resultantes de los grupos de trabajo
e investigación, así como los documentos profesionales, informes y restante material que
da soporte al reconocimiento de estas actividades, con carácter obligatorio, deberán remitirse a la Gerencia.
Artículo 21. Transferencia de conocimientos.
Serán objeto de valoración en concepto de transferencia de conocimientos, entre otras, las
siguientes actividades desarrolladas por el personal funcionario:
a) Docencia, definida como la acción de impartir y/o coordinar la formación dirigida al
personal de la Universidad de Extremadura y a otros empleados y empleadas públicos dentro de las acciones formativas organizadas, impartidas u homologadas por la
Universidad de Extremadura, la Escuela de Administración Pública de Extremadura, el
Instituto Nacional de Administración Pública o cualquier otro Centro Oficial de Formación de Empleados Públicos, o acogidos al Plan Nacional de Formación Continua de las
Administraciones Públicas, independientemente del promotor de los mismos.
Se incluye en este apartado la docencia impartida en todas las modalidades.
b) Tutoría, entendida como una modalidad de transferencia de conocimiento cuya finalidad
es formar en el desempeño de competencias profesionales al personal de cualquier Administración pública o vinculado a las mismas, bien de manera individual o grupal, así
como la tutorización del personal con discapacidad intelectual y de prácticas académicas externas de estudiantes.
c) Coordinación o participación en grupos de trabajo para la elaboración y puesta en práctica de un proyecto profesional sobre una temática de interés para la Administración,
Jueves 29 de diciembre de 2022
67342
CAPÍTULO III
Transferencia, innovación y difusión de conocimientos
Artículo 20. Consideraciones generales.
1. A
efectos de la presente normativa se entenderá por transferencia, innovación y difusión
de conocimientos, el conjunto de actividades realizadas por el personal dirigidas tanto a
la difusión del conocimiento técnico y organizativo, como a la investigación, divulgación y
desarrollo en materias propias de los distintos ámbitos profesionales de la Universidad de
Extremadura.
2. P
ara su valoración, preservación y difusión en libre acceso, el material didáctico empleado
en las actividades de docencia y tutoría, los proyectos resultantes de los grupos de trabajo
e investigación, así como los documentos profesionales, informes y restante material que
da soporte al reconocimiento de estas actividades, con carácter obligatorio, deberán remitirse a la Gerencia.
Artículo 21. Transferencia de conocimientos.
Serán objeto de valoración en concepto de transferencia de conocimientos, entre otras, las
siguientes actividades desarrolladas por el personal funcionario:
a) Docencia, definida como la acción de impartir y/o coordinar la formación dirigida al
personal de la Universidad de Extremadura y a otros empleados y empleadas públicos dentro de las acciones formativas organizadas, impartidas u homologadas por la
Universidad de Extremadura, la Escuela de Administración Pública de Extremadura, el
Instituto Nacional de Administración Pública o cualquier otro Centro Oficial de Formación de Empleados Públicos, o acogidos al Plan Nacional de Formación Continua de las
Administraciones Públicas, independientemente del promotor de los mismos.
Se incluye en este apartado la docencia impartida en todas las modalidades.
b) Tutoría, entendida como una modalidad de transferencia de conocimiento cuya finalidad
es formar en el desempeño de competencias profesionales al personal de cualquier Administración pública o vinculado a las mismas, bien de manera individual o grupal, así
como la tutorización del personal con discapacidad intelectual y de prácticas académicas externas de estudiantes.
c) Coordinación o participación en grupos de trabajo para la elaboración y puesta en práctica de un proyecto profesional sobre una temática de interés para la Administración,