Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Almacenamiento Energético. Ayudas. (2022040219)
Decreto 146/2022, de 7 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la financiación de Proyectos de Investigación Industrial y Desarrollo Experimental realizados en colaboración público-privada por empresas y agentes públicos del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación, y se aprueba la primera convocatoria relativa a Proyectos en la temática del Almacenamiento Energético.
99 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 248
Jueves 29 de diciembre de 2022

67010

ban estar encuadradas en el RETA o como trabajadores por cuenta propia en el régimen
correspondiente de la Seguridad Social; deberá quedar acreditado que estas personas
socias también están al corriente de sus obligaciones con la Hacienda estatal y con la
Seguridad Social y que no tienen deudas con la Hacienda Autonómica.
d) No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el apartado
25) del anexo I de este decreto.
e) P
 resentar garantía por el importe de subvención correspondiente al anticipo que se reconozca a cada empresa por su participación en la ejecución del proyecto. Esta garantía,
que adoptará la forma de aval bancario, préstamo o seguro de caución, será concertada de forma específica para la ejecución del proyecto subvencionado, mantendrá su
vigencia hasta que la empresa reciba la parte que le corresponda sobre la liquidación
del proyecto y se formalizará con posterioridad a la recepción de la notificación de la
resolución por la que se concede la ayuda.
f) La empresa líder de la agrupación deberá tener una cuenta bancaria en activo en el
sistema de Terceros de la Junta de Extremadura. En el caso de no tener ninguna cuenta
bancaria activa en este Sistema o cuando se pretenda dar nueva alta a la existente, se
procederá a través del trámite “Alta de Terceros” en la Sede Electrónica de la Junta de
Extremadura https://sede.gobex.es/SEDE/tramites/MisTramites.jsf
3. Los agentes públicos del SECTI deberán cumplir, asimismo, los siguientes requisitos:
a) Estar válidamente constituidos a la fecha en que se formule la solicitud de subvención.
b) Cumplir con la definición y condiciones a las que se refieren los apartados 1 y 2) del
anexo I de este decreto.
c) Contar con personal investigador propio y equipamiento científico, que intervengan en
la generación de conocimiento, promoción, desarrollo y/o aprovechamiento de las actividades de I+D+i.
d) Cada agente Público del SECTI deberá tener una cuenta bancaria en activo en el Sistema de Terceros de la Junta de Extremadura. En el caso de no tener ninguna cuenta
bancaria activa en este Sistema o cuando se pretenda dar nueva alta a la existente, se
procederá a través del trámite “Alta de Terceros” en la Sede Electrónica de la Junta de
Extremadura https://sede.gobex.es/SEDE/tramites/MisTramites.jsf.
4. L
 a justificación de no estar incursas en las prohibiciones a las que se refiere el apartado
1e) así como el requisito de que las empresas no se encuentran en crisis del apartado 2d),