Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Almacenamiento Energético. Ayudas. (2022040219)
Decreto 146/2022, de 7 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la financiación de Proyectos de Investigación Industrial y Desarrollo Experimental realizados en colaboración público-privada por empresas y agentes públicos del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación, y se aprueba la primera convocatoria relativa a Proyectos en la temática del Almacenamiento Energético.
99 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 248
Jueves 29 de diciembre de 2022
67043
2. L
as empresas y entidades agentes del SECTI que conforman la agrupación, responderán
solidariamente de las obligaciones derivadas de incumplimientos, en relación con las actividades subvencionadas que se hubieran comprometido a realizar.
Artículo 24. Causas de revocación y reintegro.
1. T
endrán la consideración de incumplimiento total y por tanto serán causa de revocación y
reintegro las siguientes:
a) Incumplimiento de las obligaciones de justificación, justificaciones insuficientes, justificaciones fuera del plazo establecido, falsedad, tergiversación u ocultamiento en los
datos o documentos que sirven de base para justificar las inversiones subvencionables
u otras obligaciones impuestas en la resolución de concesión de la ayuda.
b) Falseamiento, inexactitud u omisión de los datos suministrados por el beneficiario que
hayan servido de base para la concesión de la ayuda u ocultamiento de aquellos datos
que la hubieran impedido.
c) Incumplimiento de los requisitos exigibles para la obtención de la condición de beneficiario.
d) Incumplimiento, sin que haya sido comunicado al órgano gestor y en su caso autorizado, sobre los porcentajes máximos y mínimos de participación en el proyecto a los que
quedan obligadas cada tipología de entidad que compone la agrupación.
e) I ncumplimiento total del objetivo, de la actividad o de la finalidad para el que la ayuda
fue concedida.
f) Incumplimiento por parte del beneficiario en el momento de la liquidación de la subvención, de estar al corriente de sus obligaciones con la Hacienda estatal y con la Seguridad
Social y de no mantener deudas con la Hacienda autonómica; así como el resto de los
participantes en el proyecto a los que se refiere el artículo 3.2 c) de este decreto.
g) Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control
financiero, así como el incumplimiento de las obligaciones contables, registrales o de
conservación de documentos, cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el
empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la concurrencia de ayudas para la misma
finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados,
nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
h) I ncumplimiento de los plazos de mantenimiento de la actividad de la empresa.
Jueves 29 de diciembre de 2022
67043
2. L
as empresas y entidades agentes del SECTI que conforman la agrupación, responderán
solidariamente de las obligaciones derivadas de incumplimientos, en relación con las actividades subvencionadas que se hubieran comprometido a realizar.
Artículo 24. Causas de revocación y reintegro.
1. T
endrán la consideración de incumplimiento total y por tanto serán causa de revocación y
reintegro las siguientes:
a) Incumplimiento de las obligaciones de justificación, justificaciones insuficientes, justificaciones fuera del plazo establecido, falsedad, tergiversación u ocultamiento en los
datos o documentos que sirven de base para justificar las inversiones subvencionables
u otras obligaciones impuestas en la resolución de concesión de la ayuda.
b) Falseamiento, inexactitud u omisión de los datos suministrados por el beneficiario que
hayan servido de base para la concesión de la ayuda u ocultamiento de aquellos datos
que la hubieran impedido.
c) Incumplimiento de los requisitos exigibles para la obtención de la condición de beneficiario.
d) Incumplimiento, sin que haya sido comunicado al órgano gestor y en su caso autorizado, sobre los porcentajes máximos y mínimos de participación en el proyecto a los que
quedan obligadas cada tipología de entidad que compone la agrupación.
e) I ncumplimiento total del objetivo, de la actividad o de la finalidad para el que la ayuda
fue concedida.
f) Incumplimiento por parte del beneficiario en el momento de la liquidación de la subvención, de estar al corriente de sus obligaciones con la Hacienda estatal y con la Seguridad
Social y de no mantener deudas con la Hacienda autonómica; así como el resto de los
participantes en el proyecto a los que se refiere el artículo 3.2 c) de este decreto.
g) Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control
financiero, así como el incumplimiento de las obligaciones contables, registrales o de
conservación de documentos, cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el
empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la concurrencia de ayudas para la misma
finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados,
nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
h) I ncumplimiento de los plazos de mantenimiento de la actividad de la empresa.