Institución Ferial De Extremadura. Procesos Selectivos. (2022082199)
Anuncio de 21 de diciembre de 2022 sobre el procedimiento de desarrollo de los procesos de estabilización temporal del empleo en el Consorcio Feval- Institución Ferial de Extremadura y de Feval Gestión de Servicios, SLU.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 248
Jueves 29 de diciembre de 2022



67422

a.3. S
 ervicios prestados como personal funcionario interino o personal laboral temporal
en otras Administraciones Públicas cuando el Cuerpo, Escala, Categoría y Especialidad, en su caso, donde se hayan prestado los servicios sea similar al Cuerpo y
Especialidad o Categoría y Especialidad a la que se opta, y siempre que se trate del
mismo Grupo o Subgrupo, en su caso, de Titulación, hasta una puntuación máxima
de 1,6 puntos, a razón de 0,009 por mes o fracción.

b) Méritos académicos y otros méritos con una puntuación máxima de 4 puntos.


b.1. L
 os cursos de formación y perfeccionamiento directamente relacionados con las
funciones de la categoría convocada, así como los cursos que se refieran a la adquisición de competencias, habilidades y actitudes transversales. A estos efectos
se considera materia transversal: prevención de riesgos laborales, igualdad, no
discriminación y prevención violencia de género, técnicas de comunicación, trabajo
en equipo, transparencia en el acceso a la información pública, protección de datos, idiomas, informática, procedimiento administrativo, calidad de los servicios y
digitalización en la administración electrónica, se valorará un máximo de 4 puntos,
a razón de 1 punto por cada 50 horas de formación acreditadas.

A estos efectos se valorarán por igual los cursos de formación y asistencia de aprovechamiento recibidos.
En todo caso se habrá de cumplir con lo establecido en el apartado 3.1., relativo a la prohibición de que los procesos sean restringidos. Ello implica que ni formal ni mate­rialmente
supongan la imposibilidad real de que personas distintas de quienes vengan ocupando las
plazas que se convoquen, se presenten a las mismas.
Las convocatorias desarrolladas al amparo de este sistema selectivo excepcional po­drán
exigir el cumplimiento de otros requisitos específicos, como pruebas físicas, sien­do de
aplicación en dichas convocatorias los requisitos generales y específicos de acceso al empleo público del ámbito de que se trate y que vengan establecidos por la normativa básica,
autonómica o sectorial en la materia.
En el caso de que se produjesen empates, éstos se resolverán atendiendo sucesiva­mente
a los siguientes criterios:
1º Mayor puntuación obtenida en la fase de méritos profesionales.
2º Mayor antigüedad en el puesto
3º Quien esté ocupando la plaza para cuya provisión se hubiera producido el mismo.