Institución Ferial De Extremadura. Procesos Selectivos. (2022082200)
Anuncio de 21 de diciembre de 2022 sobre convocatoria de empleo para la estabilización de una plaza por el sistema de concurso-oposición (personal laboral fijo).
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NÚMERO 248
Jueves 29 de diciembre de 2022

67430

— Actuarán como vocales las personas designadas por cada entidad miembro del Consorcio de FEVAL, que no hayan designado Presidente y Secretario, en número de 1 vocal
por consorciado salvo en el caso de la Junta de Extremadura que nombrará 2 vocales
por ser el socio mayoritario.
2. U
 na vez nombrada la persona componente de cada órgano de selección la renuncia por
causa justificada deberá ser apreciada por el/la director/a General de la empresa convocante, previa acreditación de las circunstancias que la motivan y requerirá de aceptación
para que surta efecto.
Cada Órgano de Selección no podrá constituirse ni actuar sin la presencia del Presidente
y el Secretario o de quienes, en su caso, los sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus
miembros.
Las personas componentes de cada Órgano de Selección deberán abstenerse de intervenir
en el proceso, cuando en ellos se de cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Asimismo, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 24 del referido texto legal, los interesados podrán promover recusación en los casos previstos en el apartado anterior, en
cualquier momento de la tramitación del procedimiento.
Cada Órgano de Selección podrá contar con la ayuda de asesores/as especialistas para las
pruebas correspondientes a la prueba de conocimiento que estime necesario, limitándose
dichos asesores/as a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.
Corresponderá al Órgano de Selección la determinación concreta del contenido de la prueba y su calificación adoptando, en su caso, las medidas oportunas para garantizar el correcto desarrollo del proceso selectivo, así como resolver todas las dudas que pudieran
surgir en la aplicación de las presentes convocatoria y la resolución de aquellas cuestiones
no previstas en las mimas.
Cada Órgano de Selección actuará con plena autonomía en el ejercicio de su discrecionalidad técnica y sus miembros son personalmente responsables de la transparencia y objetividad del procedimiento, de la confidencialidad de las pruebas y el estricto cumplimiento
de las bases de la convocatoria.
3. C
 ada organización sindical con representación en FEVAL podrán designar a una persona
para participar como observadora durante el desarrollo del proceso de selección.
Sexta. Sistema selectivo.
1. P
 rocedimiento de selección.