Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Normas Subsidiarias. (2022AC0095)
Acuerdo de 29 de septiembre de 2022, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre modificación puntual n.º 27 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Trujillo, para la redelimitación de la unidad de actuación UE-6.2, excluyendo de ella los terrenos cedidos por el Ayuntamiento al Ministerio del Interior para la ampliación del cuartel de la Guardia Civil.
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NÚMERO 248
Jueves 29 de diciembre de 2022

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ayudará siempre a mejorar el estándar de dotaciones públicas del conjunto del núcleo urbano,
y el terciario o productivo porque tienen su cesión constante del quince por ciento de la superficie, independientemente del cómputo de la totalidad del núcleo urbano, y estos últimos
no generan tampoco nuevos habitantes. Se entiende por tanto que el crecimiento dotacional,
como el que es objeto de la presente modificación, colindante además al casco urbano, tenderá, en general, a mejorar los estándares de sostenibilidad del municipio.
En cuanto al fondo, siendo el objeto de la modificación la recalificación de residencial a dotacional de una parcela de suelo urbano incluida de una unidad de actuación, de la que ahora
se excluye, no se altera sustancialmente la ordenación ni se desvirtúa el modelo territorial
adoptado por el planeamiento vigente, generándose nuevas reservas de suelo destinado a
usos dotacionales que va a hacer que se mejore el estándar de dotaciones públicas del conjunto del núcleo urbano.
Por tanto, cabe concluir que la modificación se ha tramitado hasta la fecha conforme al procedimiento establecido en el artículo 49 de la LOTUS y cuenta con la documentación precisa
para definir y justificar sus determinaciones teniendo en cuenta su objeto.
V. ACUERDO.
Estudiado el expediente de referencia, así como los informes emitidos por el personal adscrito
a la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio, debatido el asunto y con el
fin de garantizar el control de la legalidad y el cumplimiento de los cometidos previstos en el
artículo 70.3 del RGLOTUS.
En su virtud, esta Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, vistos
los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación
ACUERDA:
1. A
 probar definitivamente el expediente epigrafiado.
2. P
 ublicar este acuerdo en el Diario Oficial de Extremadura, en la sede electrónica y en el
portal de transparencia de la Junta de Extremadura (artículos 57.5 y 57.7 de la LOTUS).
Como anexo I al acuerdo se publicará la normativa urbanística afectada resultante de la aprobación de la presente modificación.
Por otro lado, y a los efectos previstos en el artículo 25.3 del Real Decreto Legislativo 7/2015,
también se acompañará un anexo II contemplativo de un resumen ejecutivo, en el que, con la
identificación de la empresa o técnico redactor del proyecto y su correspondiente cualificación
empresarial o profesional, se recojan las características esenciales de la nueva ordenación,
junto con un extracto explicativo de sus posibles aspectos ambientales.