Servicio Extremeño De Salud. Procesos Selectivos. (2022064101)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo de estabilización para el acceso a la condición de personal estatutario fijo, en plazas de Técnicos Superiores, en las categorías de Higienista Dental y Técnico/a Especialista en Laboratorio, Dietética y Nutrición, Anatomía Patológica, Radioterapia, Medicina Nuclear y Radiodiagnóstico en las Instituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud, por el sistema excepcional de concurso, derivado de las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de temporalidad en el empleo público para el año 2022.
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NÚMERO 247
Miércoles 28 de diciembre de 2022



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b) Los servicios prestados en Centros o Instituciones Sanitarias de otros Servicios de
Salud, se acreditarán, por el propio aspirante, mediante certificación expedida por el
órgano competente de la Administración donde se hayan prestado los mismos.



c) Todos los certificados de servicios prestados anteriormente señalados deberán contener la categoría, el porcentaje de jornada y en su caso motivo de la reducción de la
jornada de los periodos de tiempo trabajados hasta la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes.

A. MÉRITOS CURRICULARES Y OTROS MÉRITOS. La puntuación máxima será de 30 puntos.
I. FORMACIÓN NO REGLADA. La puntuación máxima de este apartado será de 10 puntos.
1. P
 or actividades directamente relacionados con el contenido de la plaza a proveer, con
independencia del promotor, y acreditados por la Comisión de Formación Continuada del
Sistema Nacional de Salud.
2. P
 or diplomas o certificados obtenidos en cursos cuyo contenido esté directamente relacionado con el de la plaza a proveer, tal y como a continuación se indican:


— Los organizados y/o impartidos por las Administraciones Públicas, Colegios Profesionales o Universidades.



— Los acogidos a los distintos Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones
Públicas y de Formación Ocupacional.



— Los organizados o impartidos por las Organizaciones Sindicales o sus fundaciones al
amparo de los Convenios suscritos con la Administración General de Estado, con las
Administraciones de las Comunidades Autónomas, con el extinto INSALUD o con los
Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas, o bien que hayan sido reconocidos o subvencionados por los mismos, siempre que dichas circunstancias consten en
el propio título o diplomas, o bien se certifiquen debidamente.

Para la valoración de este apartado se tendrá en cuenta las siguientes reglas:


a) Por cada curso de 200 horas o más: 6 puntos.



Por cada curso de 100 horas o más: 4 puntos.



Por cada curso de 50 horas o más: 2 puntos.



Por cada curso de 10 horas o más: 1 punto.