Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. (2022050270)
Orden de 23 de diciembre de 2022 por la que se convoca, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, prueba selectiva para el acceso a plazas vacantes de la Escala Facultativa Sanitaria Especialidad Veterinaria de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el procedimiento de concurso-oposición.
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NÚMERO 247
Miércoles 28 de diciembre de 2022

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La publicación de la resolución aprobatoria de las listas definitivas en el Diario Oficial de Extremadura será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos, y
en ella se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo del ejercicio de la fase de oposición.
El hecho de figurar en la relación de admitidos no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento que se convoca mediante la
presente Orden. Cuando de la documentación que debe presentarse en caso de superar el
proceso selectivo, de acuerdo con la base novena, se desprenda que no poseen alguno de
los requisitos, los interesados decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su
participación en este procedimiento.
Quinta. Tribunales.
1. E
 l Tribunal de Selección encargado de la valoración de la fase de oposición será nombrado
por Orden de la titular de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública con antelación a la publicación de la lista provisional de admitidos/as y
excluidos/as a que se refiere la Base Cuarta.
2. P
 ara la valoración de los méritos de la fase de concurso se constituirá un Tribunal Único
compuesto por un Jefe/a de Servicio de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública, que actuará como Presidente, y como vocales, un/a representante de la Abogacía General de la Junta de Extremadura, un/a funcionario/a del Servicio
de Calidad de los Servicios y dos representantes de la Dirección General de Función Pública, uno/a de los cuales actuará como secretario/a. El nombramiento de este Tribunal se
realizará por la titular de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública, publicándose el mismo en el Diario Oficial de Extremadura con anterioridad
al comienzo de los trabajos de valoración de méritos.
3. N
 o podrán formar parte de los órganos de selección el personal que desempeñe cargos de
elección o de designación política o los haya desempeñado en los últimos dos años, el personal funcionario interino, el personal laboral temporal y el personal eventual, el personal
directivo profesional y las personas que en los cinco años anteriores a la publicación de la
convocatoria correspondiente, hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a
pruebas selectivas.
4. L
 as organizaciones sindicales que formen parte de las mesas de negociación correspondientes podrán participar como observadores durante la totalidad del proceso selectivo a
excepción de aquellos en los que se delibere, decida y materialice el contenido de las pruebas, antes de su realización.
5. E
 l Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia de las personas que ostenten
la Presidencia y la Secretaría, o de quienes, en su caso, las sustituyan, y de la mitad al
menos, de sus miembros.