Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Inclusión Social. Subvenciones. (2022064174)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones destinadas a financiar programas de inclusión social para colectivos en situación o riesgo de exclusión social para el ejercicio 2023.
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Martes 27 de diciembre de 2022

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que la misma no agota la vía administrativa y, que contra la misma, se podrá interponer
recurso de alzada ante el Vicepresidente Segundo y Consejero de Sanidad y Servicios Sociales en el plazo de un mes desde su notificación, sin perjuicio de que la entidad interesada
pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime conveniente.
Octavo. Composición de la comisión de valoración.
1. Para la valoración de las solicitudes se constituirá una comisión de valoración que emitirá
un informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada conforme a los criterios de otorgamiento de la subvención previstos en la presente resolución, integrada por
los siguientes miembros, de acuerdo con el artículo 8 de la Orden de 24 de mayo de 2021:
— Presidenta: Carmen Núñez Cumplido, Directora General de Servicios Sociales, Infancia
y Familias, o persona en quien delegue.
— Vocales:
Dos personas funcionarias pertenecientes al Grupo A1 o A2 de la Dirección General de
Servicios Sociales, Infancia y Familias.
— Secretaria:
Una persona funcionaria de la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias, que actuará con voz pero sin voto.
2. L
 a Directora General de Servicios Sociales, Infancia y Familias procederá mediante resolución, que se publicará en el Diario Oficial de Extremadura, al nombramiento de las personas
titulares y, en su caso, a sus suplentes, que conformarán la comisión de valoración. Cuando
la presidencia o la mitad de las personas integrantes de la comisión de valoración lo estimen necesario podrán incorporarse a las reuniones de la comisión, aquellas personas en
calidad de expertas o asesoras, siempre y cuando no tengan vinculación con las entidades
solicitantes.
Noveno. Criterios objetivos de otorgamiento de la subvención.
1. L
 a valoración de las solicitudes presentadas y su ponderación se realizará conforme a los
siguientes criterios:
1.1. Criterios de valoración en relación con la entidad solicitante. Máximo 8,50 puntos, con
el siguiente desglose.


a) Experiencia de la entidad. Máximo 4 puntos.