Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Expropiaciones. (2022040227)
Decreto 159/2022, de 21 de diciembre, sobre declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras "Mejora del abastecimiento a Piedras Albas para impulsar el ahorro, eficiencia y sostenibilidad en el uso de los recursos hídricos".
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Martes 27 de diciembre de 2022

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La impulsión del pozo principal consiste en 1.170 m aproximadamente de tubería en fibrocemento de 150 mm de diámetro, en su mayor parte. En las visitas realizadas a la población
se ha observado que durante el recorrido del trazado de la tubería, cambia varias veces de
sección: 150 mm a 100 mm. Esta tubería comienza en el pozo del que se nutre la población,
junto a la antigua aduana, hasta la ETAP Hay roturas constantes en la misma que dan como
consecuencia el corte del abastecimiento a la localidad. Además, la tubería que baja de los
depósitos con el agua ya tratada, tiene aún un tramo de este mismo elemento, que también
se encuentra en mal estado.
La raíz del problema en este abastecimiento es la antigüedad y estado de deterioro de la
tubería de fibrocemento existente que origina periodos de desabastecimiento a la localidad
de Piedras Albas, además de la pérdida de agua tratada cuando las roturas son en la tubería
conecta el depósito con la población.
La solución es la ejecución de las obras que comprende un cambio de tubería de fibrocemento,
con una longitud de 1.533 m, para llevar el agua sin tratar desde del pozo a la ETAP, y el cambio de la otra tubería de fibrocemento de longitud 295 m, desde la ETAP hasta el enganche
con la red mallada de abastecimiento de agua tratada del municipio.
Se está pues, ante un problema de riesgo evidente de desabastecimiento de agua potable a la
población de Piedras Albas, por lo que la disposición de los terrenos en el menor plazo posible,
a través del procedimiento de urgencia de la ocupación, dentro de la legalidad vigente, posibilitaría un comienzo más temprano de la obra, al poder disponer de los terrenos antes de llegar
a un acuerdo sobre el justiprecio, y por consiguiente, ello redundaría en los correspondientes
beneficios sociales, medioambientales y económicos inherentes a su pronta construcción.
En su virtud, a propuesta de la Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, previa
deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 21 de diciembre de 2022,
DISPONGO
Artículo único. Se declara de urgencia la ocupación de los bienes afectados y la adquisición
de derechos necesarios para la ejecución de las obras de “Mejora del abastecimiento a Piedras
Albas para impulsar el ahorro, eficiencia y sostenibilidad en el uso de los recursos hídricos”,
con los efectos y alcance previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16
de diciembre de 1954, y concordantes de su Reglamento.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 103.1.a) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Extremadura, cabe interponer recurso contencioso-administrativo
ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses a contar desde