Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Expropiaciones. (2022040227)
Decreto 159/2022, de 21 de diciembre, sobre declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras "Mejora del abastecimiento a Piedras Albas para impulsar el ahorro, eficiencia y sostenibilidad en el uso de los recursos hídricos".
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Martes 27 de diciembre de 2022

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DECRETO 159/2022, de 21 de diciembre, sobre declaración de urgencia
de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras "Mejora del
abastecimiento a Piedras Albas para impulsar el ahorro, eficiencia y
sostenibilidad en el uso de los recursos hídricos". (2022040227)
La Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad tiene atribuidas por Decreto del
Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, las competencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de infraestructuras hidráulicas. Por su parte el Decreto 87/2019, de 2
de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración, atribuye
a la Consejería el ejercicio de las competencias en materia de planificación hidráulica, ejecución, mantenimiento y ordenación de las infraestructuras hidráulicas de competencia de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, así como la coordinación de las políticas de aguas autonómica, así como la regulación del abastecimiento, saneamiento y depuración de las aguas
de conformidad con el artículo 5.1.a) del Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se
establece la estructura orgánica de la citada Consejería.
Asimismo, la Junta de Extremadura tiene atribuida la facultad expropiatoria en virtud del propio Estatuto de Autonomía, artículo 38 b) en su redacción dada de la Ley Orgánica 1/2011,
de 28 de enero, correspondiendo a su Consejo de Gobierno la declaración de urgencia del
procedimiento expropiatorio según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
En relación con las obras de “Mejora del abastecimiento a Piedras Albas para impulsar el ahorro, eficiencia y sostenibilidad en el uso de los recursos hídricos”, el proyecto fue aprobado en
fecha 8 de julio de 2022, y en relación con el procedimiento expropiatorio se ha practicado
información pública mediante Resolución de 29 de agosto de 2022 (DOE n.º 179, de 16 de
septiembre). Asimismo, se han practicado notificaciones individuales a los particulares afectados y el resto de las publicaciones exigidas legalmente, incluida la publicación en el BOE
por encontrarse con titulares con domicilio desconocido, no habiéndose recibido alegaciones,
dentro del plazo al efecto concedido, constando en el expediente acreditación de lo actuado.
En anexo al presente decreto se publica la relación de afectados, a resultas del trámite de
información pública.
El municipio de Piedras Albas se abastece en la actualidad de un pozo de sondeo que consta
de una bomba sumergible. El agua se capta de un pozo de sondeo a 65 metros de profundidad y se bombea hasta la ETAP de reciente construcción. Además, cuentan con otro pozo de
sondeo que refuerza la cantidad de agua necesaria en época de verano. Dicho pozo alumbra
aguas que tienen bastante hierro, por lo que tiene una instalación de dosificación previa con
Permanganato Potásico a la salida de la impulsión para que el agua vaya decantando todo este
hierro y lo suelte al llegar a la ETAP.