Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Expropiaciones. (2022040226)
Decreto 158/2022, de 21 de diciembre, sobre declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras "Mejora de la eficiencia del sistema de abastecimiento y gestión hídrica sostenible en Guadalupe".
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NÚMERO 246
Martes 27 de diciembre de 2022

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La finalidad de las obras a ejecutar no es otra que la de aumentar la capacidad de almacenamiento y regulación de agua potable para asegurar su suministro de forma permanente al
municipio, resolviendo, de esta forma, las carencias que existen actualmente en el mismo
relativas a esa falta de capacidad que se origina en algunos periodos del año.
La solución viene determinada por la construcción de una nueva cámara de descarga que
reemplace el actual depósito n.º 1 como elemento de acumulación de agua procedente de las
captaciones, recuperación del depósito n.º 1 como elemento de almacenamiento y regulación
de agua tratada para el consumo humano, un nuevo bombeo de agua tratada desde los depósitos n.º 2 y 3 para el llenado del depósito n.º 1 y la instalación de un nuevo campo solar integrado de placas fotovoltaicas que cubra el autoconsumo energético de los equipos instalados.
Se está pues, ante un problema de riesgo evidente de desabastecimiento de agua potable a
la población de Guadalupe, con evidentes problemas de insuficiencia en la garantía del suministro, en determinadas épocas del año, coincidentes además el verano y la presencia de
turismo en la localidad, por lo que la disposición de los terrenos en el menor plazo posible, a
través del procedimiento de urgencia de la ocupación, dentro de la legalidad vigente, posibilitaría un comienzo más temprano de la obra, al poder disponer de los terrenos antes de llegar
a un acuerdo sobre el justiprecio, y por consiguiente, ello redundaría en los correspondientes
beneficios sociales, medioambientales y económicos inherentes a su pronta construcción.
En su virtud, a propuesta de la Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, previa
deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 21 de diciembre de 2022,
DISPONGO
Artículo único. Se declara de urgencia la ocupación de los bienes afectados y la adquisición
de derechos necesarios para la ejecución de las obras de “Mejora de la eficiencia del sistema de abastecimiento y gestión hídrica sostenible en Guadalupe”, con los efectos y alcance
previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y
concordantes de su Reglamento.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 103.1.a) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Extremadura, cabe interponer recurso contencioso-administrativo
ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses a contar desde
el día siguiente a su notificación o publicación, tal y como establece el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o bien recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, conforme establecen los artículos 123