Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Bienes De Interés Cultural. (2022040224)
Decreto 156/2022, de 21 de diciembre, por el que se declara Bien de Interés Cultural la "Iglesia Parroquial de Santiago Apóstol" de la localidad de Capilla (Badajoz), con la categoría de Monumento.
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NÚMERO 246
Martes 27 de diciembre de 2022

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El artículo 6.1 de la ley, al establecer la clasificación de los bienes que puedan ser declarados
de Interés Cultural, incluye, con la categoría de Monumento, en el apartado a), los edificios
y estructuras “de relevante interés histórico, artístico, etnológico, científico, social o técnico,
con inclusión de los muebles, instalaciones y accesorios que expresamente se señalen.”
Ha de significarse a tales efectos, que la Iglesia Parroquial de Santiago Apóstol de la localidad
de Capilla (Badajoz) posee valores histórico-culturales que justifican su declaración como Bien
de Interés Cultural con la categoría de Monumento. La Iglesia tiene su origen en el siglo XV,
con reformas posteriores fechables en los siglos XVI y XVII, si bien algunos autores como Pilar
Mogollón, en su obra “El mudéjar en Extremadura”, la adscribe a una fase medieval fechable
entre los siglos XIII y XIV, y al estilo mudéjar. En ella destaca la presencia de algunos elementos arquitectónicos en su interior que pueden ser de carácter hispanomusulmán, por haberse
construido supuestamente el templo parroquial sobre la primitiva mezquita de la localidad,
como que los mismos pueden ser cristianos, de estilo mudéjar. Asimismo, son de gran interés
su artesonado y las pinturas murales, ambos datables en el siglo XV.
Por otra parte, el artículo 8.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, determina que es necesaria una descripción clara y precisa del bien o bienes que permita su identificación, con sus
pertenencias y accesorios, así como la delimitación del entorno necesario para la adecuada
protección del bien cuando se trate de inmuebles. La zona afectada estará constituida por el
espacio, construido o no, que da apoyo ambiental al bien y cuya alteración pudiera afectar a
sus valores, a la contemplación o al estudio del mismo.
Es por ello que se procedió a dictar Resolución el 13 de junio de 2022, de la Consejera de
Cultura, Turismo y Deportes, por la que se incoa expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, a favor de la “Iglesia Parroquial de Santiago Apóstol” de la localidad de Capilla
(Badajoz), con la categoría de Monumento. La resolución fue publicada en el Diario Oficial
de Extremadura, n.º 117, de 20 de junio de 2022 y en el Boletín Oficial del Estado, n.º 198,
de 18 de agosto de 2022. De la misma forma se procedió a su comunicación al Registro de
Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura y Deporte donde aparece inscrito con el
código provisional 10162.
Dando cumplimiento a la citada resolución, con fecha 29 de septiembre de 2022, se procedió
a practicar la notificación a los interesados en el procedimiento, así como al ayuntamiento de
Capilla (Badajoz), constando en el expediente las correspondientes acreditaciones de haber
sido recibidas por los mismos.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de
Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, se procedió a publicar anuncio de notificación