Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Plan Regional De Investigación. (2022040229)
Decreto 154/2022, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el VII Plan Regional de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación (2022-2025).
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NÚMERO 246
Martes 27 de diciembre de 2022
Programa 11/ Colaboración público-privada para la investigación
Financiación
Fondos FEDER
Organismos
gestores
Secretaría General de Ciencia, Tecnología, Innovación y Universidad
Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital
Organismos
ejecutores
Secretaría General de Ciencia, Tecnología, Innovación y Universidad
Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital
Beneficiarios
Universidad de Extremadura, Centros Públicos de I+D+I del SECTI, Empresas
Calendario
2022-2025
Actuación 2
Unidades Mixtas de Investigación
Esta actuación promueve la creación, puesta en marcha y fortalecimiento de Unidades
Mixtas de Investigación (UMI) en Extremadura, constituidas, cada una, por un organismo
público o privado de I+D+I de la región y una o varias empresas, regionales o foráneas,
que formen parte de la unidad mixta de investigación para el desarrollo colaborativo de
largo recorrido de líneas de investigación y valorización de los resultados de sus
actividades de investigación industrial y desarrollo experimental en Extremadura en
áreas del Patrón de Especialización de la RIS3 Extremadura 2027. Las empresas que
conformen parte de las UMI podrán ser pequeñas, medianas o grandes empresas.
Sus actividades se regirán por un convenio de colaboración, como marco estable entre
las entidades que la conforman, para el desarrollo de las actividades intensivas de
investigación industrial y desarrollo experimental, programadas en su memoria técnica;
y supervisadas por una comisión de seguimiento, constituida ad hoc en el propio
convenio y conformada por representantes de cada institución participante, como
órgano de resolución de conflictos, planificación de objetivos, aprobación y seguimiento
de las actividades de I+D+I colaborativa de la UMI y presentación de informes y
justificaciones frente a la administración.
Descripción
La Agrupación, conformada mediante convenio, no contará con personalidad jurídica
propia, actuando el Organismo de Investigación como receptor y gestor de las ayudas de
la UMI frente a la administración.
Las UMI deberán justificar y documentar fehacientemente que los recursos humanos,
integrados por personal investigador, personal técnico y personal de apoyo a la
investigación de los Organismos de Investigación y de las Empresas son los adecuados
para el desarrollo de la línea de investigación y de las actividades de I+D+I incluidos en
la memoria técnica.
Las empresas que conformen parte de la Agrupación deberán contribuir a la financiación
de la línea de investigación y sus actividades programadas de I+D+I con una aportación
económica no inferior al 30% de la inversión total, incluyendo los costes de personal y
aportaciones no dinerarias para su desarrollo.
El desarrollo de las UMI contemplará dos fases:
a) Fase de creación y puesta en marcha de las UMI: En esta primera fase se firmará el
convenio de colaboración para su constitución, la comisión de seguimiento y la
presentación ante la administración de la memoria técnica que incluirá las
actividades de I+D+I para el desarrollo de la línea de investigación durante un
periodo de cinco años, Evaluadas su memoria técnica por la Agencia Española de
64918
Martes 27 de diciembre de 2022
Programa 11/ Colaboración público-privada para la investigación
Financiación
Fondos FEDER
Organismos
gestores
Secretaría General de Ciencia, Tecnología, Innovación y Universidad
Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital
Organismos
ejecutores
Secretaría General de Ciencia, Tecnología, Innovación y Universidad
Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital
Beneficiarios
Universidad de Extremadura, Centros Públicos de I+D+I del SECTI, Empresas
Calendario
2022-2025
Actuación 2
Unidades Mixtas de Investigación
Esta actuación promueve la creación, puesta en marcha y fortalecimiento de Unidades
Mixtas de Investigación (UMI) en Extremadura, constituidas, cada una, por un organismo
público o privado de I+D+I de la región y una o varias empresas, regionales o foráneas,
que formen parte de la unidad mixta de investigación para el desarrollo colaborativo de
largo recorrido de líneas de investigación y valorización de los resultados de sus
actividades de investigación industrial y desarrollo experimental en Extremadura en
áreas del Patrón de Especialización de la RIS3 Extremadura 2027. Las empresas que
conformen parte de las UMI podrán ser pequeñas, medianas o grandes empresas.
Sus actividades se regirán por un convenio de colaboración, como marco estable entre
las entidades que la conforman, para el desarrollo de las actividades intensivas de
investigación industrial y desarrollo experimental, programadas en su memoria técnica;
y supervisadas por una comisión de seguimiento, constituida ad hoc en el propio
convenio y conformada por representantes de cada institución participante, como
órgano de resolución de conflictos, planificación de objetivos, aprobación y seguimiento
de las actividades de I+D+I colaborativa de la UMI y presentación de informes y
justificaciones frente a la administración.
Descripción
La Agrupación, conformada mediante convenio, no contará con personalidad jurídica
propia, actuando el Organismo de Investigación como receptor y gestor de las ayudas de
la UMI frente a la administración.
Las UMI deberán justificar y documentar fehacientemente que los recursos humanos,
integrados por personal investigador, personal técnico y personal de apoyo a la
investigación de los Organismos de Investigación y de las Empresas son los adecuados
para el desarrollo de la línea de investigación y de las actividades de I+D+I incluidos en
la memoria técnica.
Las empresas que conformen parte de la Agrupación deberán contribuir a la financiación
de la línea de investigación y sus actividades programadas de I+D+I con una aportación
económica no inferior al 30% de la inversión total, incluyendo los costes de personal y
aportaciones no dinerarias para su desarrollo.
El desarrollo de las UMI contemplará dos fases:
a) Fase de creación y puesta en marcha de las UMI: En esta primera fase se firmará el
convenio de colaboración para su constitución, la comisión de seguimiento y la
presentación ante la administración de la memoria técnica que incluirá las
actividades de I+D+I para el desarrollo de la línea de investigación durante un
periodo de cinco años, Evaluadas su memoria técnica por la Agencia Española de
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