Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Plan Regional De Investigación. (2022040229)
Decreto 154/2022, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el VII Plan Regional de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación (2022-2025).
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NÚMERO 246
Martes 27 de diciembre de 2022

Programa 11/ Colaboración público-privada para la investigación
Financiación

Fondos FEDER

Organismos
gestores

Secretaría General de Ciencia, Tecnología, Innovación y Universidad
Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital

Organismos
ejecutores

Secretaría General de Ciencia, Tecnología, Innovación y Universidad
Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital

Beneficiarios

Universidad de Extremadura, Centros Públicos de I+D+I del SECTI, Empresas

Calendario

2022-2025

Actuación 2

Unidades Mixtas de Investigación
Esta actuación promueve la creación, puesta en marcha y fortalecimiento de Unidades
Mixtas de Investigación (UMI) en Extremadura, constituidas, cada una, por un organismo
público o privado de I+D+I de la región y una o varias empresas, regionales o foráneas,
que formen parte de la unidad mixta de investigación para el desarrollo colaborativo de
largo recorrido de líneas de investigación y valorización de los resultados de sus
actividades de investigación industrial y desarrollo experimental en Extremadura en
áreas del Patrón de Especialización de la RIS3 Extremadura 2027. Las empresas que
conformen parte de las UMI podrán ser pequeñas, medianas o grandes empresas.
Sus actividades se regirán por un convenio de colaboración, como marco estable entre
las entidades que la conforman, para el desarrollo de las actividades intensivas de
investigación industrial y desarrollo experimental, programadas en su memoria técnica;
y supervisadas por una comisión de seguimiento, constituida ad hoc en el propio
convenio y conformada por representantes de cada institución participante, como
órgano de resolución de conflictos, planificación de objetivos, aprobación y seguimiento
de las actividades de I+D+I colaborativa de la UMI y presentación de informes y
justificaciones frente a la administración.

Descripción

La Agrupación, conformada mediante convenio, no contará con personalidad jurídica
propia, actuando el Organismo de Investigación como receptor y gestor de las ayudas de
la UMI frente a la administración.
Las UMI deberán justificar y documentar fehacientemente que los recursos humanos,
integrados por personal investigador, personal técnico y personal de apoyo a la
investigación de los Organismos de Investigación y de las Empresas son los adecuados
para el desarrollo de la línea de investigación y de las actividades de I+D+I incluidos en
la memoria técnica.
Las empresas que conformen parte de la Agrupación deberán contribuir a la financiación
de la línea de investigación y sus actividades programadas de I+D+I con una aportación
económica no inferior al 30% de la inversión total, incluyendo los costes de personal y
aportaciones no dinerarias para su desarrollo.
El desarrollo de las UMI contemplará dos fases:
a) Fase de creación y puesta en marcha de las UMI: En esta primera fase se firmará el
convenio de colaboración para su constitución, la comisión de seguimiento y la
presentación ante la administración de la memoria técnica que incluirá las
actividades de I+D+I para el desarrollo de la línea de investigación durante un
periodo de cinco años, Evaluadas su memoria técnica por la Agencia Española de

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