Consorcio Para Gestión Inst. Tec. Rocas Ornament.\mat. Const. Procesos Selectivos. (2022082170)
Anuncio de 19 de diciembre de 2022 de la convocatoria del proceso selectivo para cubrir mediante el sistema de concurso de valoración de méritos de las plazas vacantes en régimen laboral con carácter fijo, incluidas en la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal.
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NÚMERO 246
Martes 27 de diciembre de 2022

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Para aquellas personas aspirantes que ostenten o hayan ostentado la condición de personal
del Consorcio para la gestión del INTROMAC, la experiencia a la que se hace referencia en
el punto c) será incorporada de oficio al expediente de la persona solicitante por el propio
INTROMAC.
Cuarta. Admisión de aspirantes.
1. R
 elación provisional de personas admitidas y excluidas y plazo de subsanación. Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se dictará resolución declarando aprobada
la lista de personas admitidas y excluidas con carácter provisional, que se publicará en la
página web de INTROMAC: http://www.intromac.juntaex.es/, con indicación de las causas
de no admisión.
Las personas que figuren en la lista de personas excluidas o las que no figuren en las relaciones provisionales de personas admitidas ni excluidas, dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, desde el día siguiente al de la publicación, para su subsanación. Las personas
que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión u omisión quedarán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo.
2. R
 elación definitiva de personas admitidas y excluidas. Revisada la documentación aportada
por las personas interesadas en el trámite de subsanación y resueltas las reclamaciones de
las personas excluidas en su caso, se publicarán las listas definitivas de personas admitidas
y excluidas por el procedimiento anteriormente mencionado. Dicha resolución se publicará
en la página web de INTROMAC: http://www.intromac.juntaex.es/.
La mencionada relación definitiva de personas admitidas y excluidas agota la vía administrativa, pudiendo los/as interesados/as interponer, con carácter potestativo, recurso de
reposición o bien, in­terponer directamente recurso contencioso-administrativo, así como
cualquier otro recurso que estimen procedente. Dicha resolución será motivada con referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
Quinta. Tribunales.
1. A
 fin de valorar los méritos se constituirán los Tribunales de Selección, conforme a lo
dispuesto en el Convenio Colectivo en vigor, cuya composición se hará pública mediante
resolución del órgano convocante, que podrá ser anterior o coincidente con la resolución
que apruebe los listados de personas admitidas y excluidas a la que se hace referencia en
la base cuarta.
2. Dichos Tribunales de Selección recogerán el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres de conformidad con las previsiones de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de