Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063824)
Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo, a través del SEXPE y las Diputaciones Provinciales de Badajoz y Cáceres, para la cooperación en Programas de Orientación, Formación Profesional para el Empleo y Programas de Desarrollo Local.
12 páginas totales
Página
NÚMERO 245
Viernes 23 de diciembre de 2022

64358

funcional y en ejecución de los programas específicos de la Consejería de Educación y Empleo,
es competente para la realización de todas aquellas actividades de fomento, formación para
el empleo, orientación e intermediación en el mercado laboral, en el ámbito territorial de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Conforme a lo previsto en el artículo 4 de sus Estatutos, aprobados por Decreto 26/2009, de
27 de febrero, el SEXPE desarrollará, entre otras funciones, el fomento de las condiciones que
propicien la mejora de la ocupabilidad de las personas desempleadas, así como el fomento del
empleo de calidad, cualificado y estable, en especial para colectivos con una mayor dificultad
de inserción laboral, estando expresamente autorizado para formalizar acuerdos y convenios
de colaboración con cualquier persona jurídica, pública o privada, que tengan como fin específico, entre otras materias, el fomento del empleo, la formación para el empleo y la orientación
e intermediación laboral, así como todos aquellos referidos a las competencias atribuidas al
organismo.
Segundo. Que la Diputación de Badajoz a través de su Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, así como la de Cáceres, a través de su Área de Reto Demográfico, Desarrollo Sostenible, Juventud y Turismo, tienen entre sus competencias la cooperación en el fomento del
desarrollo económico y social y en la planificación en el territorio provincial, de acuerdo con
las competencias de las demás Administraciones Públicas en este ámbito.
Tanto la Diputación Provincial de Badajoz como la de Cáceres desarrollan planes de mejora
territorial, cuyo objetivo es el desarrollo equilibrado y sostenible de las respectivas provincias,
armonizando su crecimiento económico con el desarrollo social y la preservación de su medio
ambiente. El apoyo a la igualdad de oportunidades, y derechos entre el mundo rural y urbano,
la inclusión y la innovación social son las líneas fundamentales de actuación de los programas
a desarrollar mediante itinerarios de inserción sociolaboral, enmarcados en acciones formativas en su mayor parte conducentes a la obtención de Certificados de Profesionalidad.
Tercero. Que conforme a lo que establece el artículo 4 el Real Decreto 3/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Empleo, la política de empleo,
en su diseño y modelo de gestión, debe tener en cuenta su dimensión local para ajustarla a
las necesidades del territorio, de manera que favorezca y apoye las iniciativas de generación
de empleo en el ámbito local. De conformidad con la Constitución Española, con los Estatutos
de Autonomía y con la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
además de la citada Ley de Empleo, los servicios públicos de empleo de las comunidades
autónomas, en ejecución de los servicios y programas de políticas activas de empleo, podrán
establecer los mecanismos de colaboración oportunos con las entidades locales y éstas, a su
vez, podrán participar en el proceso de concertación territorial de las políticas activas de empleo, mediante su representación y participación en los órganos de participación institucional
de ámbito autonómico.