Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022064059)
Resolución de 16 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada del centro de gestión de residuos, promovida por Recuperaciones Correa Ramos, CB, en el término municipal de Cáceres.
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NÚMERO 245
Viernes 23 de diciembre de 2022

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a la DGS solicitud de inicio de la actividad según lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley
16/2015, de 23 de abril, y aportar memoria, suscrita por técnico competente, que certifique que las obras e instalaciones se han ejecutado conforme a lo establecido en la documentación presentada y a las condiciones de la AAU.
3. T
 ras la solicitud del inicio de la actividad, la DGS girará una visita de comprobación con
objeto de emitir, en caso favorable, informe de conformidad del inicio de la actividad.
4. E
 l inicio de la actividad no podrá llevarse a cabo mientras la DGS no dé su conformidad. El
titular de la instalación deberá comunicar a la DGS, la fecha definitiva de inicio de la actividad en un plazo no superior a una semana desde su inicio.
5. E
 n particular y sin perjuicio de lo que se considere necesario, la memoria referida en el
apartado segundo deberá acompañarse de:
— La documentación que indique y acredite qué tipo de gestión y qué gestores autorizados
se harán cargo de los residuos generados por la actividad con el fin último de su valorización o eliminación.
— El certificado de cumplimiento de los requisitos de contaminación lumínica en virtud
del Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, acompañando de la correspondiente
medición.
— Informe de situación actualizando la información del informe inicial que en su día se
remitió para dar cumplimiento al Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se
establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios estándares para la declaración de suelos contaminados.
— Acreditación de la constitución del seguro de responsabilidad civil y de la fianza.
— Acreditación de que se han llevado a cabo las actuaciones descritas para la correcta
valorización de residuos en el complejo industrial.
— Acreditación del cumplimiento de los niveles de recepción externa de ruidos. A tal efecto
deberá presentarse el informe de medición de ruidos referido en el artículo 26 del Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones.
— El certificado de cumplimiento de los requisitos de contaminación lumínica en virtud del Real
Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, acompañando de la correspondiente medición.
— Plan de control y seguimiento de los elementos con riesgo potencial de contaminación
del suelo, que se aplicará desde el inicio de la actividad.