Sociedad Pública De Radiodifusión Y Televisión Extremeña, Sau. Pruebas Selectivas. (2022064091)
Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Dirección General de la Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales, sobre convocatoria pública para la cobertura de tres puestos de trabajo de Técnico Electrónico en el marco del proceso de reducción de la temporalidad de empleo de la Sociedad Pública de Radiodifusión y Televisión Extremeña, SAU, mediante el sistema de concurso.
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NÚMERO 245
Viernes 23 de diciembre de 2022

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9.7. L
 a retribución bruta anual se corresponderá con las existentes en la entidad, aprobadas
por el Consejo de Administración, de conformidad con el Convenio Colectivo vigente.
X. L
 ISTAS DE ESPERA.
10.1. Los aspirantes que, habiendo obtenido la puntuación mínima requerida, no obtengan
ningún puesto de trabajo al amparo de la presente convocatoria, pasarán a formar parte
de la Lista de Espera específica derivada del proceso de estabilización de la disposición
adicional sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre. Entrará en vigor tras la
cobertura de la totalidad de los puestos ofertados en la convocatoria.
10.2. El orden de prelación de los aspirantes de esta Lista de Espera específica se establecerá
aplicando los siguientes criterios:


1º. M
 ayor puntuación total obtenida.



2º. E
 n caso de empate se resolverá por orden alfabético, atendiendo a la letra inicial del
primer apellido a partir de la letra “z”, de conformidad con el resultado del sorteo
público por el que se determina el orden de actuación y prelación de los/as aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen durante el año 2022.



3º. D
 e persistir el empate, se aplicará la letra del citado sorteo a la letra inicial del segundo apellido, y de seguir persistiendo a la del nombre”.

10.3. El orden de prioridad de las Listas de Espera será la siguiente:
1º. L
 ista de Espera actual en el puesto de trabajo derivada de la ejecución de Ofertas de
Empleo público ordinaria que, excepcionalmente se mantendrán en vigor.
2º. L
 ista de Espera específica derivada del proceso de estabilización del artículo 2.1 de la
Ley 20/2021 de 28 de diciembre (si la hubiere).
3º. L
 ista de Espera específica derivada del proceso de estabilización de la disposición adicional sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
10.4. La provisión de vacantes que puedan producirse se realizará por medio de dicha Lista
de Espera de forma automática, siguiendo el mismo orden de prelación indicado en las
presentes Bases, bien entendido que sólo se formalizará la contratación con aquéllos
que cumplan las condiciones y requisitos legalmente establecidos para la modalidad de
contratación decidida por la Sociedad Pública de Radiodifusión y Televisión Extremeña,
SAU.