Sociedad Pública De Radiodifusión Y Televisión Extremeña, Sau. Pruebas Selectivas. (2022064078)
Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Dirección General de la Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales, sobre convocatoria pública para la cobertura de un puesto de trabajo de Locutor en el marco del proceso de reducción de la temporalidad de empleo de la Sociedad Pública de Radiodifusión y Televisión Extremeña, SAU, mediante el sistema de concurso-oposición.
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NÚMERO 245
Viernes 23 de diciembre de 2022
64715
A.2. Servicios prestados mediante una relación laboral por cuenta ajena en otros
medios de comunicación, productoras, en su caso, donde se hayan prestado los
servicios sea similar al puesto de trabajo al que se opta, y siempre que se trate
del mismo Grupo, en su caso, de Titulación. Se otorgará hasta un máximo de
1,44 puntos, a razón de 0,015 por mes o fracción.
Cuando los servicios prestados no sean a jornada completa se valorarán en proporción a la jornada realmente trabajada.
El primer año de excedencia por cuidado de hijos o por cuidado de un familiar se
computará a efectos de experiencia profesional. Dicho cómputo se valorará en el
apartado que corresponda de los indicados anteriormente, atendiendo al puesto de
trabajo desempeñado cuando se accedió a dicha excedencia.
Los servicios prestados coincidentes en el tiempo serán excluyentes entre sí. Al
efecto, sólo se computarán en el subapartado en que les correspondan mayor valoración.
B) O
tros méritos: se valorará con 0,14 puntos por cada una de las convocatorias aprobadas en procesos para el acceso a Canal Extremadura en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria a la que se pretende acceder, publicadas desde el 1 de enero
de 2005 hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de la
convocatoria del proceso de estabilización, con un máximo de 0,8 puntos.
5.4. A
creditación de méritos de la fase de concurso.
Los méritos establecidos en estas Bases se acreditarán tras la publicación de la lista de
aspirantes que hayan superado la fase de oposición, en el plazo de diez (10) días naturales que el Tribunal concederá al efecto, estando obligados los interesados en presentar
la solicitud y formular la pretensión dentro de dicho plazo. En ningún caso se valorarán
méritos no acreditados en dicho periodo.
Se justificarán mediante copias, siendo necesario presentar declaración jurada por parte
del interesado sobre la autenticidad de los mismos en el lugar indicado en la Base 3.2.1.,
sin perjuicio que, en cualquier momento del proceso de selección, el Tribunal de Selección
pueda requerir a los aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración.
Los “méritos profesionales” referidos anteriormente acreditarán mediante certificado de
vida laboral expedido por la Seguridad Social y documento que justifique la relación contractual (por cuenta ajena), con el objeto de acreditar el puesto de trabajo al que se opta.
Viernes 23 de diciembre de 2022
64715
A.2. Servicios prestados mediante una relación laboral por cuenta ajena en otros
medios de comunicación, productoras, en su caso, donde se hayan prestado los
servicios sea similar al puesto de trabajo al que se opta, y siempre que se trate
del mismo Grupo, en su caso, de Titulación. Se otorgará hasta un máximo de
1,44 puntos, a razón de 0,015 por mes o fracción.
Cuando los servicios prestados no sean a jornada completa se valorarán en proporción a la jornada realmente trabajada.
El primer año de excedencia por cuidado de hijos o por cuidado de un familiar se
computará a efectos de experiencia profesional. Dicho cómputo se valorará en el
apartado que corresponda de los indicados anteriormente, atendiendo al puesto de
trabajo desempeñado cuando se accedió a dicha excedencia.
Los servicios prestados coincidentes en el tiempo serán excluyentes entre sí. Al
efecto, sólo se computarán en el subapartado en que les correspondan mayor valoración.
B) O
tros méritos: se valorará con 0,14 puntos por cada una de las convocatorias aprobadas en procesos para el acceso a Canal Extremadura en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria a la que se pretende acceder, publicadas desde el 1 de enero
de 2005 hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de la
convocatoria del proceso de estabilización, con un máximo de 0,8 puntos.
5.4. A
creditación de méritos de la fase de concurso.
Los méritos establecidos en estas Bases se acreditarán tras la publicación de la lista de
aspirantes que hayan superado la fase de oposición, en el plazo de diez (10) días naturales que el Tribunal concederá al efecto, estando obligados los interesados en presentar
la solicitud y formular la pretensión dentro de dicho plazo. En ningún caso se valorarán
méritos no acreditados en dicho periodo.
Se justificarán mediante copias, siendo necesario presentar declaración jurada por parte
del interesado sobre la autenticidad de los mismos en el lugar indicado en la Base 3.2.1.,
sin perjuicio que, en cualquier momento del proceso de selección, el Tribunal de Selección
pueda requerir a los aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración.
Los “méritos profesionales” referidos anteriormente acreditarán mediante certificado de
vida laboral expedido por la Seguridad Social y documento que justifique la relación contractual (por cuenta ajena), con el objeto de acreditar el puesto de trabajo al que se opta.