Sociedad Pública De Radiodifusión Y Televisión Extremeña, Sau. Pruebas Selectivas. (2022064079)
Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Dirección General de la Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales, sobre convocatoria pública para la cobertura de dos puestos de trabajo de Locutor en el marco del proceso de reducción de la temporalidad de empleo de la Sociedad Pública de Radiodifusión y Televisión Extremeña, SAU, mediante el sistema de concurso.
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NÚMERO 245
Viernes 23 de diciembre de 2022

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10.5. Serán causas de renuncia al puesto debidamente justificadas:


a) Enfermedad, accidente, hospitalización o intervención quirúrgica del interesado que
impidiese su incorporación al puesto de trabajo en la fecha propuesta.



b) Embarazo, maternidad/paternidad del interesado.



c) Deber público e inexcusable del interesado.



d) Causas de fuerza mayor.

El integrante que renuncie al puesto ofertado dispondrá de un plazo de 10 días naturales para acreditar dicho motivo. Una vez acreditado, se mantendrá en el mismo puesto
de trabajo (una vez realizada la contratación necesaria) en la Lista de Espera que viniera ocupando. El integrante que no acredite la renuncia al puesto ofertado pasará al
último puesto de la Lista de Espera específica.
Será causa de renuncia especial a ocupar un puesto de trabajo ofertado cuando el
integrante mantenga una relación contractual por cuenta ajena con la Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales o la Sociedad Pública de Radiodifusión y Televisión
Extremeña, SAU, en dicho caso, el integrante se mantendrá en el mismo puesto de
trabajo en la Lista de Espera que viniera ocupando. En caso de una segunda renuncia
especial a un nuevo puesto de trabajo ofertado, el integrante pasará al último lugar de
la Lista de Espera.
10.6. Serán causas de exclusión automática de la Lista de Espera:
a) Falsedad en la documentación aportada.
b) La rescisión, por baja voluntaria del trabajador, de un contrato de trabajo.
c) No superar el periodo de prueba legalmente establecido.
d) Despido disciplinario en la Sociedad Pública de Radiodifusión y Televisión Extremeña,
SAU.
e) A
 quellos integrantes que, por no haber mantenido actualizados sus datos personales,
no puedan ser localizados para ofrecerles un contrato de trabajo, o una vez ofrecido
el contrato de trabajo, no manifiesten su aceptación de manera fehaciente en el plazo
indicado en la oferta.
10.7. La empresa podrá ofertar cursos de formación a los integrantes de la Lista de Espera,
con carácter voluntario y previo a su contratación, relacionados directamente con el
puesto de trabajo.