Sociedad Pública De Radiodifusión Y Televisión Extremeña, Sau. Pruebas Selectivas. (2022064152)
Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Dirección General de la Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales, sobre convocatoria pública para la cobertura de cinco puestos de trabajo de Informador en el marco del proceso de reducción de la temporalidad de empleo de la Sociedad Pública de Radiodifusión y Televisión Extremeña, SAU, mediante el sistema de concurso-oposición.
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NÚMERO 245
Viernes 23 de diciembre de 2022

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2.5. P
 oseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de los puestos a los que se
aspira. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
2.6. E
 star en posesión del permiso de conducción de vehículos, ostentando al menos, la categoría B.
2.7. T
 odos los requisitos establecidos en estas Bases deberán cumplirse en el momento de
finalización del plazo de presentación de solicitudes, mantenerse durante todo el proceso
selectivo hasta el momento de la adjudicación del puesto de trabajo, y acreditarse, en
caso de superar las pruebas selectivas, al momento de la efectiva incorporación al puesto
de trabajo.
2.8. R
 equisitos específicos para participar por la reserva de discapacidad:
2.8.1. P
 odrán participar por este sistema, aquellos aspirantes que, además de reunir los
requisitos generales, tengan reconocido, con carácter definitivo por los órganos
competentes, un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, siempre que
ello sea compatible con el desempeño de las funciones correspondientes a la categoría a la que se opte.
2.8.2. L a opción por este sistema habrá de formularse en la solicitud de participación, con
declaración expresa de reunir la condición exigida al respecto y acreditación mediante certificación de los órganos competentes.
2.8.3. N
 o obstante, si en la realización de la prueba se suscitaran dudas al Tribunal de
Selección respecto de la capacidad del aspirante para el desempeño de las actividades a desarrollar, podrán recabar el correspondiente dictamen de los órganos
competentes. En este caso, y hasta tanto se emita el dictamen, el aspirante podrá
seguir participando condicionalmente en el proceso selectivo quedando en suspenso
la resolución definitiva sobre la admisión o exclusión del proceso hasta la recepción
del dictamen. Si durante el desarrollo del proceso selectivo el aspirante es sometido
a una revisión de su discapacidad y experimenta una mejoría de forma que el grado
de discapacidad deviene por debajo del 33 %, el aspirante deberá comunicar dicha
circunstancia al Tribunal de Selección aportando certificado al respecto.
2.8.4. E
 l proceso selectivo se realizará en condiciones de igualdad con los aspirantes de
ingreso libre.
2.8.5. L os aspirantes que concurran por esta reserva no podrán presentarse a la misma
especialidad por el sistema de ingreso libre.