Sociedad Pública De Radiodifusión Y Televisión Extremeña, Sau. Pruebas Selectivas. (2022064152)
Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Dirección General de la Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales, sobre convocatoria pública para la cobertura de cinco puestos de trabajo de Informador en el marco del proceso de reducción de la temporalidad de empleo de la Sociedad Pública de Radiodifusión y Televisión Extremeña, SAU, mediante el sistema de concurso-oposición.
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NÚMERO 245
Viernes 23 de diciembre de 2022

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6.4. A
 l amparo de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y
contra la Violencia de Género en Extremadura, si alguna de las aspirantes no pudiera
completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación
de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que
se menoscabe el derecho del resto de aspirantes a una resolución del proceso ajustada
a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal de Selección y, en todo
caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de las listas de
aspirantes que han superado el proceso selectivo.
VII. A
 DJUDICACIÓN Y ELECCIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO.
7.1. U
 na vez resuelta la fase de concurso, el Tribunal elaborará la relación provisional de
aspirantes que hayan superado el proceso selectivo con la suma de las calificaciones
obtenidas en la fase de prueba selectiva y en la fase de concurso, por orden de puntuación total, no pudiendo rebasar éstos el número de puestos convocados, resultandos
seleccionados aquellos aspirantes que mayor puntuación hayan obtenido hasta el total
de puestos convocados.
7.2. E
 l Tribunal de Selección podrá declarar desierto un puesto de trabajo o la totalidad de
los mismos si la puntuación de los candidatos no llegase al mínimo exigible, que se ha
establecido en 6 puntos obtenidos en la prueba teórica (fase oposición).
7.3. L
 a calificación final de las pruebas selectivas (máximo de 20 puntos), vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de prueba selectiva (máximo de
12 puntos) y en la fase de concurso (máximo de 8 puntos).
7.4. E
 n caso de empate, y para dirimir el mismo, se atenderá atendiendo sucesivamente a los
siguientes criterios:


1º. M
 ayor puntuación en la fase de oposición.



2º. C
 omenzar el primer apellido por la letra “z”, de conformidad con el resultado del
sorteo público por el que se determina el orden de actuación y prelación de los/as
aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen durante el año 2022.



3º. D
 e persistir el empate, se aplicará la letra del citado sorteo a la letra inicial del segundo apellido, y de seguir persistiendo a la del nombre.

7.5. E
 l Tribunal de Selección elevará la relación provisional de aprobados a la Dirección General de la Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales, quién dictará resolución con-