Ayuntamiento De Almendralejo. Oferta De Empleo Público. (2022082141)
Anuncio de 14 de diciembre de 2022 sobre la aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2022.
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NÚMERO 245

64657

Viernes 23 de diciembre de 2022

De otra Don Francisco José Pérez García, Don Pedro Rangel García y Don Abel Corcho Morales, quienes actúan en nombre y representación de las Organizaciones Sindicales CSIF, UGT,
y CCOO respectivamente.
MANIFIESTAN
I
Conforme a lo dispuesto por el artículo 70 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, las
necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de empleo
público (OEP en adelante), que, además, podrá contener medidas derivadas de planificación
de recursos humanos.
La OEP que queda sujeta, en todo caso, a su ejecución y desarrollo dentro del plazo improrrogable de tres años, cumple, además, con una finalidad básica de transparencia y publicidad a
los ciudadanos, que pretendan acceder a la función pública, al ser preceptiva su publicación
en el Diario Oficial correspondiente.
En este sentido, el artículo 29 de la Ley Función Pública de Extremadura, aprobada por la Ley
13/2015 de 8 abril, determina que las plazas dotadas presupuestariamente, cuya cobertura
se consideren necesarias y no puedan ser cubiertas con los efectivos de personal existentes,
constituirán la OEP.
En el ámbito local, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
en su artículo 91, determina que las Corporaciones locales formularán públicamente sus OEP,
ajustándose a los criterios fijados en la normativa básica estatal. Prescripción que se amplía
por el artículo 128 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba
el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, al determinar
que la OEP para el año correspondiente se aprobará y publicará anualmente, ajustándose a la
legislación básica del Estado sobre función pública y a los criterios que, reglamentariamente,
se establezcan en desarrollo de la normativa básica estatal para su debida coordinación con
las ofertas de empleo del resto de las Administraciones Públicas.
II
La Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022,
que destina su artículo 20 a regular las ofertas de empleo de personal del sector público, determina que la incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida que,
deberá atenerse a las disponibilidades presupuestarias del capítulo I del presupuesto de gas-