Consejería De Educación Y Empleo. Admisión Del Alumnado. (2022064019)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Educación, por la que se convoca el procedimiento para la admisión del alumnado de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso escolar 2023/2024.
61 páginas totales
Página
NÚMERO 244
Jueves 22 de diciembre de 2022

63971

k) Sede de la comisión de escolarización y sede del Servicio de Inspección de la Delegación
Provincial de Educación.
l) Ubicación y horario de funcionamiento de la oficina de escolarización, en el caso de que
exista en la localidad.
m) Dirección web del Portal de Escolarización de la Consejería de Educación y Empleo:
https://www.educarex.es/escolarizacion
3. P
 ara el curso 2023/2024, las Oficinas de Escolarización que estarán a disposición de los
padres, madres, tutores legales o quienes ejerzan la guarda y/o acogimiento del alumnado
o a este si es mayor de edad, son las que se detallan en el Anexo VI. Las funciones de estas
oficinas de escolarización son las recogidas en artículo 4.4 del Decreto 128/2021, de 17 de
noviembre los días de atención al público y el horario de las mismas será publicado en el
portal de escolarización: https://www.educarex.es/escolarizacion
Séptimo. Cálculo y revisión del precio público a satisfacer en las Escuelas Infantiles
dependientes de la Consejería de Educación y Empleo.
1. E
 starán obligados al pago del precio público mensual fijado los padres, madres, tutores
legales o quienes ejerzan la guarda y/o acogimiento del menor beneficiario de los servicios
prestados en las Escuelas Infantiles dependientes de la Consejería de Educación y Empleo
para el primer ciclo de Educación Infantil.
2. P
 ara el cálculo de la cuantía del precio público a satisfacer de la correspondiente cuota por
prestación de servicios en el primer ciclo de Educación Infantil en las Escuelas Infantiles
dependientes de la Consejería de Educación y Empleo será de aplicación lo dispuesto en la
normativa vigente en materia de precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura y conforme con la documentación justificativa.
3. N
 o se abonará el precio que corresponda en el mes en que la Escuela Infantil permanezca
cerrada por razón de vacaciones de verano. Si por motivos diversos, dicha Escuela permaneciera cerrada, no se abonará el precio correspondiente a estos días.
4. L
 os padres, madres, tutores legales o quienes ejerzan la guarda y/o acogimiento del menor
estarán obligados a poner en conocimiento de la Delegación Provincial de Educación correspondiente o del propio centro educativo cualquier variación económica que se produzca
en la unidad familiar durante el curso escolar y que pudiera dar objeto a la modificación del
precio público que le hubiera sido asignado.